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Cambios en la declaración de 2015 respecto a la de 2014
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Cambios en la declaración de 2015 respecto a la de 2014

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En la declaración de la renta que presentemos este año hay que tener en cuenta algunas novedades que introdujo la reforma fiscal aprobada en 2014, como la bajada de tipos de las bases general y del ahorro, así como la de las retenciones o la limitación en las aportaciones a planes de pensiones. Veamos las más destacadas.

-BASE GENERAL

En la base general se han recortado los tipos impositivos, una bajada que se aplicó en dos tramos en 2015, el primero desde enero y el segundo desde julio. Se ha elevado el umbral mínimo de tributación a 12.000 euros y se disminuye la reducción de los rendimientos irregulares al 30%. Además, se ha restringido la exención aplicable a las indemnizaciones laborales legales hasta 180.000 euros.

Por otra parte, la reducción de los rendimientos del trabajo ha disminuido a 3.700 euros anuales para rentas inferiores a 11.250 y se rebaja de forma paulatina para las rentas entre 11.250 y 14.450 euros, cantidad a partir de la cual se elimina. También se incluye un nuevo gasto deducible en los rendimientos del trabajo de 2.000 euros.

Otro cambio ha sido el establecimiento de un máximo de 2.000 euros para los gastos de difícil justificación. Y para tributar por el método objetivo de estimación de rendimientos será necesario cumplir un número mayor de requisitos

Por otro lado, se matizan los requisitos para la exención de 12.000 euros vinculada a la entrega de acciones gratuitas a los trabajadores. Y se elimina la exención del 100% de los alquileres de vivienda cuando el inquilino tenga menos de 30 años.

Las ganancias o pérdidas no procedentes de la transmisión de elementos patrimoniales se podrán compensar con hasta un 25% de los rendimientos del trabajo, alquileres, rendimientos actividades económicas e imputación de rentas inmobiliarias. Y, para terminar con la base general, la reducción del 40% para el rescate de los planes de pensiones en forma de capital de lo aportado antes de 2006 se limita en el tiempo.

-BASE DEL AHORRO

En la base del ahorro también han bajado los tipos y las ganancias o pérdidas a menos de un año, que tributaban en la base general, han pasado a la del ahorro. Otro cambio ha sido que las ganancias patrimoniales de contribuyentes mayores de 65 años, con un máximo de 240.000 euros, están exentas, si se reinvierten en una renta vitalicia. Y ha desaparecido la exención de 1.500 euros en el cobro de dividendos.

Se han creado los planes de ahorro a largo plazo (conocidos como plan ahorro cinco e instrumentados a través de cuentas o seguros). Las rentas de estos vehículos estarán exentas siempre que se aporten cantidades inferiores a 5.000 euros anuales y se mantengan durante un plazo de cinco años. Por otra parte, en los planes individuales de ahorro sistemático (PIAS) se reduce a cinco años la antigüedad en el momento de constitución de la renta para poder aplicar los beneficios fiscales.

Desde 2015 se pueden compensar los rendimientos del capital mobiliario con las ganancias o pérdidas patrimoniales de forma progresiva y con determinadas limitaciones (máximo del 25%). Y se ha modificado la tributación de las reducciones de capital, que, a partir de ahora y en la mayoría de los casos deberán pagar impuestos.

En el cálculo de la ganancia o pérdida patrimonial en la venta de los inmuebles se han eliminado los coeficientes de corrección monetaria. Y la cantidad máxima para aplicar los coeficientes de abatimiento en la venta de acciones, fondos, inmuebles y determinados seguros adquiridos antes del 31 de diciembre de 1994 se rebaja a 400.000 euros.

-OTRAS NOVEDADES

Las aportaciones a planes de pensiones y planes de previsión asegurados se han reducido. Así, el límite fiscal es la menor de las siguientes cantidades: 8.000 o el 30% de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas. El tope financiero también se ha recortado a 8.000 euros.

En cambio, las aportaciones que se hacen a favor del cónyuge ha aumentado hasta 2.500 euros.

Los mínimos personales y familiares se han revisado al alza y, además, se han creado nuevas deducciones familiares.

Y se ha suprimido la deducción por alquiler, igualando el alquiler a la compra de vivienda. 

 

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