Rescate plan de pensiones: cómo proceder

Hola,encontrandome haciendome simulación para rescatar un plan de pensiones con todas las aportaciones antes de 31/12/06, ¿que cantidad se pone en la casilla 003 (importe integro) de la declaración el 100% del rescate o el 60% (por restar el 40% que en principio se puede reducir?, ademas de la pensión claro.
Tengo entendido que en la casilla de reducciones rdtos irregulares también hay que poner otra cantidad?¿que es la que corresponde al 40% de la reducción por las aportaciones antes de 2007? No me queda nada claro.
Por último, me gustaría saber si se puede cobrar de forma mixta, es decir, el 40% que no tributaría en forma de capital y el resto anualmente en cantidades de menos de 1500 euros para no tener dos pagadores.
Indicar que anualmente que son 65 años con pension de viudedad de unos 15500 euros netos y un plan de pensiones de unos 7300 euros consolidados.
Normalmente no se presenta declaración de la renta porque sale a pagar.
Muchas graciassssss.

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Fco. Javier TOMAS FORASTER responde:
No la se. Es un caso dificil.
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Francisco Sánchez
Francisco Sánchez responde:
Apuntes sacados de la Guía Fiscal de la OCU 20118

La deducción del 40 % solamente se puede aplicar en el año de jubilación o en los dos siguientes. (En mi opinión pienso que los dos años se se cumplen en la fecha de jubilación)
Si tienes más de un plan de pensiones con derecho a deducción has de rescatarlos todos en forma de capital y en el mismo ejercicio (se entiende la parte con derecho a deducción). La parte sin derecho a deducción tú decides como, capital, renta, o no rescatar.
La forma de declararlo entiendo que es la cantidad recibida menos el 40% de deducción se declara como ingreso.
Por lo que respecta a la cuestión de deducción por rendimientos irregulares no he encontrado nada. Aporto mi opinión. El rescate se declara en rendimientos del trabajo y ahí no viene nada, no obstante he mirado también en rendimientos irregulares del ahorro y tampoco viene nada.

Bien entendido que mi situación es la misma que indica Fuchi, no soy un experto ni tengo un conocimiento aceptable de este asunto.

Aprovecho para lanzar otra pregunta. ¿Confirmáis que todas las aportaciones que se realicen a planes de pensiones una vez jubilado si dan derecho a deducción pero el aportante no las puede rescatar? Solamente la pueden rescatar o no sus herederos.
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52402835706...
Una vez lo hubieras tocado, cualquier importe que añadas al plan si que solamente lo podrán cobrar tus herederos. – hace 4 años
52402835706...
Por lo menos así me informaron en La Caixa, – hace 4 años
cachupati
Cierto, lo consulté el otro día. una vez rescatas todo o parte de un plan, todas las aportaciones que hagas posteriormente a cualquier otro solamente las pueden rescatar tus herederos o bien si sobreviene una situación de incapacidad o dependencia, que en mi opinión mejor para los herederos – hace 4 años

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