Francisco Jose pregunta:

Fugas de capital al exterior

Si las gestoras son extranjeras, ¿hay que hacer el modelo de Hacienda notificando la salida del capital del país?
¿Hay alguna limitación en importe en invertir en gestoras extranjeras o de paraísos como Luxemburgo?
Gracias.
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Julio Culebras Vázquez
Julio Culebras Vázquez responde:
Buenos días. El hecho de que la gestora sea extranjera es irrelevante. El dato realmente trascendente es la nacionalidad del comercializador. Siempre que sea español, no hay que cumplimentar por parte del inversor ningún modelo específico ante la Agencia Tributaria.

Si se trabaja con broker extranjero (por ejemplo, XTB, DeGiro, Interactive Brokers, etc.), si tiene depositados con ellos activos financieros a fecha 31 de diciembre, hay que presentar la declaración informativa modelo D-6, con fecha límite 31 de enero del siguiente ejercicio fiscal. Y si dichos activos superan la cantidad de 50.000 €, es obligatorio cumplimentar el discutido modelo 720.

Por último, indicarle que Luxemburgo no está catalogado oficialmente como un "paraíso fiscal", al menos hasta la fecha y no creo que esta circunstancia cambie en el corto o medio plazo. Espero haber aclarado sus dudas. Un afectuoso saludo.


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