Jorge Termes pregunta:

¿Cómo se declara el impago de una vivienda alquilada?

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Jose Trecet
Jose Trecet responde:
Buenas Jorge,

La forma de declarar el impago de una vivienda en el IRPF depende cómo se haya producido el mismo. Es decir, si ha sido previo acuerdo o sin él.

En caso de impagos tras alcanzar un acuerdo, no habrá que pagar impuestos por la cantidad que hayas perdonado al inquilino o la rebaja pactada.

Sí que tendrás que hacerlo si en realidad se trata de un aplazamiento. En ese caso, esos ingresos se declararán en la renta en la que se cobre.

Para los impactos sin pacto alguno la cosa cambia. En este caso se pueden imputar como un "saldo de dudoso cobro". Gracias a esa herramienta no tendrás que pagar impuestos por ello.

La única pega es que ese tipo de saldos exigen que el inquilino sea solvente y esté en situación de concurso o que hayan pasado más de tres meses entre que solicitaste el cobro y el final del ejercicio.
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jorgetermes...
Ok. No es pactado pero hay voluntad de pagar y supongo que antes de que acabe el año, pagará. Muchas gracias por la respuesta! – hace 3 años

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