Sonya Pozo Martínez pregunta:

¿Cuánto me retiene Hacienda por hacer rescatar una parte de mi plan pensiones?

Hola,

Estoy en desempleo de larga duración y me han dicho que puedo rescatar mi plan de pensiones. Tendré casi unos 19000e, pero yo sólo quiero una pequeña parte para poder ir saliendo hacia adelante. El problema que tengo es sobre hacienda, quisiera saber si me quitarían mucho.

Gracias
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José Pareja Lacort
José Pareja Lacort responde:
Si utilizas la contingenia de desempleo de larga duración para disponer de parte de los derechos consolidados que tienes actualmente en tu plan de pensiones, esta prestación tributará como cualquier rendimiento del trabajo.

Si actualmente no tienes ingresos, dependiendo de la cantidad de rescate, de los ingresos que hayas tenido el año fiscal en curso y de tu situación familiar:

  • Exención de tributación por situación personal y familiar desde los primeros 5.500 €
  • Si no has tenido ningún pagador mas en el año fiscal no habría obligación de hacer la declaración de la renta ese año por lo que el rescate del plan de pensiones podría ser mayor sin tener que tributarlo, se puede hacer la consulta concreta de su situción a la agencia tributaria, por supuesto.
En caso de tener que tributar si no te puedes acoger a las situaciónes de exención de forma general se tributa de forma progresiva según la tabla siguiente, aunque puede variar un poco la progresión en función de la comunidad autónoma en la que residas

IRPF.jpg



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Joaquin Escola García
Joaquin Escola García responde:
Buenos días,
en primer lugar, indicar que la tributación del plan de pensiones ira siempre a rendimientos de trabajo con lo que la cantidad a solicitar de rescate se sumara a la percepción del subsidio de paro, si lo está cobrando. Y tendrá que tributarlo en el ejercicio de 2022 pues al cobrarlo este año (2021) se presentará en la renta del años siguiente.
Y, por otro lado, tendría que saber que cantidad de derechos consolidados tiene el plan previos al año 2007, pues si existen derechos consolidados previos a esa fecha, tendrán una exección fiscal del 40% sobre la cantidad de esos derechos previos al 2007.
Ej: si de los 19000€, 5000€ fueran previos al 2007; el 40% de los 5000€ estarían exentos de tributar (2000€) y el resto, como he comentado anteriormente, iria a la suma de rendimientos de trabajo (3000€).
Espero que le haya despejado las dudas. Para cualquier otra aclaración le dejo mi correo: joaquin.escola@neofinders.com
Un saludo
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sonyapozoma...
Muchísimas gracias y creo que sí me ha resuelto la duda, pero si tuviera alguna más ya le escribiría. Gracias nuevamente. – hace 2 años

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