Amadeo Olivart Sama pregunta:

Puedo aplicar el 40% de exencion fiscal en un PP, aunque haya rescatado algunas cantidades en forma de renta en años ant

2
Me gusta
2
Responder
Guardar
Compartir

Accede a Finect para poder compartir tu comentario.

Jose Trecet
Jose Trecet responde:
Puedes rescatar el plan en forma de capital aunque hayas venido cobrando el plan como renta hasta el momento. La ventaja de la reducción del 40% sólo se aplicará al primer rescate como capital, aunque existen ciertos límites temporales para beneficiarse de él.

En concreto, para rescates iniciados en 2010, el año 2018 es el último en el que aplicar la reducción del 40%, mientras que para rescates iniciados entre 2011 y 2014 el límite es de ocho años. Para contingencias posteriores a 2015 hay un plazo de dos años para aplicar esta ventaja fiscal.
2
Me gusta
Compartir

Accede a Finect para poder compartir tu comentario.

¿Sabes la respuesta?

Accede a Finect para poder responder a esta pregunta.

Las respuestas publicadas en esta sección son de carácter informativo y genérico y no constituyen una recomendación personalizada de inversión. Las decisiones que los clientes adopten y los resultados de las inversiones realizadas no serán responsabilidad de FINECT. Toda inversión contiene riesgos y rentabilidades pasadas no son garantía de rentabilidades futuras.