Maria De La Paz Rodriguez-suarez pregunta:

Tengo 73 años y me ofrece el banco una renta vitalicia reservada. Pierdo dinero si la quiero rescatar? Gracias

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Julio Estella De La RicaInstituto de Estudios Bursátiles
Julio Estella De La Rica Agente responde:
Certificación Instituto de Estudios Bursátiles
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Buenas tardes,

Habría que ver exactamente la ficha del producto, normalmente la renta vitalicia con capital garantizado suele ser una solución destinada a aquellas personas que en principio no vayan a necesitar del capital que invierten y desean planificar la transmisión del patrimonio a sus herederos y a la vez beneficiarse de cobrar una renta determinada (puede ser pagadera en distintas periodicidades).

En este caso en función de la edad en el momento de contratación existe una ventaja fiscal por la renta que se percibe anualmente.

• De 60 a 65 años se tributará por el 24% de la renta percibida
• De 66 a 69 años se tributará por el 20% de la renta percibida
• 70 años o más se tributará por el 8% de la renta percibida

Si por cualquier circunstancia se quiere rescatar el capital invertido (deshacer la renta vitalicia) habrá que devolver todas las exenciones de las que nos hemos beneficiado, y el capital a rescatar dependerá de la valoración de los activos subyacentes que componen el producto.

En las rentas vitalicias con capital garantizado los subyacentes suelen ser bonos u obligaciones por lo que si en el momento de querer rescatar el producto los tipos de interés se encuentran por encima de cuando se contrato el producto el valor de rescate será menor a la inversión realizada.

Si necesitas alguna aclaración puedes escribirme a estella@mapfre.com

Un saludo.
Julio Estella

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José Manuel Marín CebriánDirección General de Seguros y Fondos de Pensiones
José Manuel Marín Cebrián Consultor financiero responde:
Certificación Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones
Respuesta profesional
Hola María de la Paz, puedes estar tranquila, hay muchos tipos de renta vitalicia, pero de entre todas la que te recomiendo es la de con capital de fallecimeinto, de manera que si inter vivos decides deshacer la renta vas a retirar el capiral no consumido dependiento de la cotización de los activos subyacentes que hay detrás de la renta; y si lo hacen tus herederos por mortis causa también recibirán el capital no consumido con en el caso de inter vivos pero con un plus, un capital de fallecimiento adicional; con lo que puedes dormir tranquila, eso sí, no te recomiendo que contrates ese producto a través de un banco, las entidades aseguradoras tienen rentas más desarrolladas y mejor diseñadas que los bancos dado que son especialistas en la materia.

Tú dinero tiene 3 enemigos, la inflación, Hacienda y los banco, te dejo un video donde lo explico con un poquito de más detalle: https://www.youtube.com/watch?v=sZxOpCKqi1c&t=32s


-->NOTA: si necesitas cualquier aclaración sólo tienes que mandarme un what`s app al ?607470782?.

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