Francisco pregunta:

¿Qué desgravaciones supone una minusvalía del 33%?

Que otros beneficios puedo tener en otras materias ?
Muchas gracias a quien corresponda.
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Alejo Diaz Segura
Alejo Diaz Segura responde:
Buenas tardes Francisco.

Tu pregunta admite una respuesta densa en contenido, que nos han hecho varios clientes sobre todo en periodo de presentación de la renta. Te adjunto una noticia donde se plantea de forma muy visual las diferentes casuísticas. No obstante estamos a tu disposición para cualquier duda o consulta de forma más específica o focalizada; ads@personalfamily.es / 640971300 (tenemos habilitada la opción de WhatsApp ). Un saludo.

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Rubén Santín PérezEFPA España
Rubén Santín Pérez Agente responde:
Certificación EFPA España
Respuesta profesional
Hola Francisco buenas tardes,

En España, una minusvalía del 33% proporciona algunas desgravaciones fiscales, como se detalla a continuación:

Deducción en la base imponible del IRPF:
Las personas con una minusvalía reconocida del 33% o superior pueden deducir en su declaración de la renta una cantidad de su base imponible que varía en función de su grado de discapacidad. En concreto, para el año fiscal 2022, la deducción es de 3.700 euros anuales para personas con una minusvalía igual o superior al 33% e inferior al 65%, y de 7.400 euros anuales para personas con una minusvalía igual o superior al 65%.

Deducciones por gastos de asistencia:
Las personas con minusvalía del 33% o superior pueden deducir los gastos relacionados con la asistencia personal, como el salario del asistente personal, el seguro de responsabilidad civil o los gastos de formación del asistente.

Deducciones por gastos de transporte y movilidad:
Las personas con minusvalía pueden deducir los gastos de transporte, como el uso de taxi o la adquisición de un vehículo adaptado, o los gastos relacionados con la movilidad reducida, como la compra de una silla de ruedas.

Deducciones por gastos de vivienda:
Las personas con minusvalía pueden deducir los gastos de adaptación de la vivienda, como la instalación de rampas, ascensores o baños adaptados.

Es importante tener en cuenta que estas deducciones fiscales están sujetas a ciertas limitaciones y requisitos, y que pueden variar en función de la comunidad autónoma en la que resida la persona con minusvalía. Por lo tanto, se recomienda consultar con un asesor fiscal o con la Agencia Tributaria para obtener información detallada y actualizada sobre las desgravaciones aplicables.

Quedo a su disposición para cualquier aclaración o consulta, muchas gracias.
Rubensantin@rubensanti

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Las respuestas publicadas en esta sección son de carácter informativo y genérico y no constituyen una recomendación personalizada de inversión. Las decisiones que los clientes adopten y los resultados de las inversiones realizadas no serán responsabilidad de FINECT. Toda inversión contiene riesgos y rentabilidades pasadas no son garantía de rentabilidades futuras.