Yjara C pregunta:

que es un plan de ahorro a largo plazo

banco sabadell
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Buenas tardes Yjara,

Un plan de ahorro a largo plazo como el nombre indica es un ahorro periódico con cuotas asignadas según tus posibilidades, flexible porque se pueden bajar o subir en muchos casos, se puede paralizar... y te aprovechas del interés compuesto y de la diversificación así como en determinados casos de exención fiscal.

Realmente es mucho más sencillo y estaría encantado de explicarte con detalle el plan de ahorro que más se ajuste a tu perfil, necesidades y objetivos...

Me gustaría poder hablar contigo por lo que si quieres ponte en contacto conmigo por wasap en el 661497043 y nos citamos para comentar y te ayudo, te parece?

Francisco Ortega
FORTUNA Servicios Financieros Premium.

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Respuesta profesional
Buenas tardes Yjara, creo que te estás refiriendo a los ofertados por el Banco Sabadell en este caso. Comentarte que los planes de ahorro a largo plazo corresponden a una categoría de productos comercializados por gran variedad de entidades. A continuación te explico con algo de más detalle en que consisten.

Los Planes de Ahorro a Largo Plazo se configuran como contratos celebrados con una entidad aseguradora o de crédito y que se pueden instrumentalizar como Seguros Individuales de Vida (SIALP) o a través de depósitos y contratos financieros integrados en la denominada Cuenta Individual de Ahorro a Largo Plazo (CIALP). Su principal atractivo es su exención fiscal y es que, los rendimientos positivos del capital mobiliario procedentes de los seguros de vida, depósitos y contratos financieros a través de los cuales se instrumenten los Planes de Ahorro a Largo Plazo, estarán exentos siempre que no se efectúe disposición alguna del capital resultante del Plan antes de finalizar el plazo de 5 años desde su apertura. Además, tienen también las siguientes características: sólo se puede tener un Plan de este tipo (sin perjuicio de que se pueda traspasar de un plan a otro), las aportaciones no pueden ser superiores a 5.000 € anuales y no se pueden realizar disposiciones parciales, ya que el capital resultante del Plan, unicamente podrá producirse en forma de capital por el importe total del mismo. Por otro lado, la entidad aseguradora o, en su caso, la entidad de crédito, deberá garantizar al cliente la percepción al vencimiento del seguro individual de vida o al vencimiento de cada depósito o contrato financiero de, al menos, un capital equivalente al 85 por 100 de la suma de las primas satisfechas o de las aportaciones efectuadas al depósito o al contrato financiero. No obstante lo anterior, si la citada garantía fuera inferior al 100 por 100, el producto financiero contratado deberá tener un vencimiento de al menos un año.

Este tipo de productos, mas allá de su atractivo por la exención fiscal, no son los intrumentos mas adecuados de ahorro a largo plazo debido a su limitada rentabilidad. Existen en el mercado una amplia variedad de soluciones, lo mas importante es adaptarlas a tu perfil y objetivos. Si estás interesada en ampliar información puedes contactar conmigo en el 620650148, estaré encantada de atenderte.

Beatriz Rodríguez
FORTUNA Servicios Financieros Premium.

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Las respuestas publicadas en esta sección son de carácter informativo y genérico y no constituyen una recomendación personalizada de inversión. Las decisiones que los clientes adopten y los resultados de las inversiones realizadas no serán responsabilidad de FINECT. Toda inversión contiene riesgos y rentabilidades pasadas no son garantía de rentabilidades futuras.