yyy pregunta:

¿Puedo abrir un fondo de inversión con mi pareja?

Quiero abrir un fondo de inversión con mi pareja, pero no sé si es posible hacerlo. Creo que sí, pero prefiero preguntarlo antes. ¿Cómo se haría? ¿Tenemos que ponernos los dos de titulares? ¿Y si uno quiere salirse del fondo de inversión dentro de unos años, cómo se haría? Supongo que luego para ponerlo en la declaración de la renta es al 50%, ¿no?

¡Gracias de antemano!
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Miguel Camiña Gil de Biedma
Miguel Camiña Gil de Biedma Asesor responde:
Micappital
Respuesta profesional
Hola, natfifuf , si que puedes abrir un fondo con tu pareja o con quien quieras, un amigo, un familiar, etc.
Para que esté registrado a nombre de los dos, tienes que abrir una cuenta cotitular e invertir desde esa cuenta.
Hay otra opción que también puede interesarte que es tener una cuenta particular pero con tu pareja como autorizado, aquí podrá realizar ciertas operaciones pero la cuenta será siempre tuya.

En cuanto a la venta o compra de productos, os tendreís que poner de acuerdo para ejercutarlos.

Y, efectivamente, en la declaración de la renta es al 50%.

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Carlos FarrásEFPA España
Carlos Farrás responde:
Certificación EFPA España
Buenos días natfifuf

Te adjunto respuesta a cada una de tus dudas

¿Puedo contratar Fondo a nombre de mi pareja? ¿Tenemos que ponernos los dos de titulares?

SI
No exite ninguna limitación para constituir un fondo de inversión a nombre de varios titulares y no es necesario que tenga relación parental ninguna. Por defecto las entidades siempre van a considerar la titularidad a partes iguales si hay más de 1 titular. En vuestro caso 50% cada uno.

¿Cómo se haría?

Dependiendo de la entidad te solicitarán para su contratación:

  • La contratación y firma de todos los titulares del fondo de inversión, en el que se firma la suscripción, Datos Fundamentales del Inversor, Memoria Explicativa y el ultimo informe del fondo semestral o anual.
  • En otras entidades se abrirá y firmará un cuenta de valores a nombre de todos los titulares que intervan en la misma y por defecto todas las operaciones que se realizan en la misma se considera que son a nombre de todos los titulares y sólo será necesaria la firma de uno de los intervinientes.

¿Y si uno quiere salirse del fondo de inversión dentro de unos años, cómo se haría?


En el rembolso o venta del fondo basta la firma de uno de los intervinientes aunque evidentemente tendrá impacto fiscal proporcional en todos los titulares. En vuestro caso del 50% cada uno.

Espero haberte aclarado las dudas


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Xavier responde:
Buenos dias.

Queda clara la posibilidad i mecanismos para abrir un FI con tu pareja etc. Cabe la opcion de mancomunar la firma y evitar reintegro unilateral. Como representante/Autorizado no tiene repercusión fiscal (IRPF).
Lo que es IMPORTANTE también es el origen de los fondos que se aportan. Es decir si el origen de los fondos es en un 100% propiedad de uno de los participes, se incurrira en donación del 50% del importe que liquidaria (ISD).

Att
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Un apunte muy interesante que normalmente pasa desapercibido en donaciones, sí seño. – hace 5 años

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Ferran Pajuelo GándaraEFPA España
Ferran Pajuelo Gándara responde:
Certificación EFPA España
Buenas tardes Natfifuf,

Posiblemente ya hayas realizado la aportación, pero quería igualmente dar respuesta.

Cuando se trata de parejas, mi recomendación para evitar circumstancias futuras es que lo hagáis de manera individual.

Jurídicamente no representa ningún problema el hecho de compartir la cotitularidad, però hay componentes emocionales que la juridiscción no controla.

Un saludo.

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Finect
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