Treidd Undefined pregunta:

¿Cómo tributan los beneficios de vender objetos de segunda mano?

Hola, tengo una pregunta que nadie me sabe responder con certeza. Yo compro de Segundamano en wallapop a particulares y luego lo vendo por ebay a Estados Unidos. Entiendo que me tendría que hacer autónomo, pero los particulares no me pueden emitir factura, así que como puedo demostrar el gasto? Debería pagar sobre el 100% de ganancia? En el artículo ponéis el ejemplo del chico que compra la guitarra a 400 y la vende en 800, y que tributa sobre los 400 de beneficio. A él le emitieron factura al comprarla? Estoy bastante perdido XD
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Rafael Sánchez MonteroDirección General de Seguros y Fondos de Pensiones
Rafael Sánchez Montero Consultor financiero responde:
Certificación Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones
Respuesta profesional
Hola Treidd:
Cuando las personas tributamos cada año en el impuesto de la renta de las personas físicas, el famoso IRPF o declaración de la renta, podemos distinguir dos tipos de tributación diferente.

a) La tributación por rendimientos del trabajo.
Aquí comunico a la Agencia Tributaria qué genero cada año por mi actividad profesional o por mi trabajo.
Aquí por explicarlo de una manera simple, tributarías aproximadamente entre un 19%-45% en función de lo que generes cada año. Por ejemplo si por mi actividad profesional o por mi trabajo he ingresado 100 y hacienda me dice que de ese 100 le tengo que pagar 20, pues 80 se quedan netos para mí después de haber pagado los impuestos.

b) La tributación por rendimientos de capital mobiliario
Ahora con esos 80 euros que ya son netos para mí después de haber pagado impuestos, hago una inversión, hago un ahorro....... al que consigo sacarle un beneficio después de un tiempo.
Pues ya solo tendrías que tributar por el beneficio que has obtenido al reinvertir el capital que ya ha pagado impuestos, en la parte del impuesto que es la tributación por rendimientos del capital mobiliario. Por eso en el ejemplo de la guitarra que comentas en tu pregunta solo se tributaría por el beneficio.
Aquí se tributa entre un 19% y un 26% pero solo del beneficio.

Esto es algo más complejo que como te lo cuento aquí, pero es una forma "fácil y cómoda" de entender cómo funciona este impuesto.

Entonces lo primero que tienes que tener claro es si de cara a la Agencia Tributaria, lo que estás realizando actualmente se considera que es una actividad profesional (que tendría que tributar en rendimientos del trabajo) o es una actividad de inversión (que se puede encuadrar en rendimientos del capital mobiliario).

Si Hacienda considera que lo que estás realizando es una actividad profesional, tendrás que darte de alta en Hacienda en el epígrafe que te indiquen y tendrás que darte de alta en la seguridad social (por ejemplo darte de alta de autónomo).
Cuando sepas el epígrafe que mejor recoge tu actividad profesional, sabrás perfectamente como explicar y justificar ante la Agencia Tributaria tus compras, tus ventas, tus beneficios o tus pérdidas generados por tu actividad profesional y sabrás perfectamente cómo debes tributar. Para ello puedes pedir cita en una oficinca de la Agencia Tributaria, exponer tu caso y que ellos te indiquen directamente, puedes mandar una consulta vinculante a Hacienda y esperar a que te contesten, o puedes contactar con un asesor fiscal que también te puede orientar.

En definitiva creo que la pregunta que has realizado es más para un asesor fiscal que para un asesor financiero, pero espero haberte ayudado de una forma simple, a que no estés tan perdido en tu situación actual y puedas hacerlo de la forma más correcta posible para evitar problemas en el futuro con la Agencia Tributaria.

Si deseas conocer alternativas de ahorro e inversión que tributen en rendimientos de capital mobiliario (solo por el beneficio) o que incluso estén exentos de tributación, no dudes en ponerte en contato conmigo al 609447547 a través de una llamada o a través de un whatsapp.

Estaré encantado de atenderte.
Un saludo.

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