faaf73 pregunta:

Rescate plan de pensiones

$Buenas tardes,tengo una incapacidad permanente total para el trabajo,con el que gano 9120€ al año,quiero sacarlo en forma de renta,pero me han dicho en le Banco que si me paso de 1500€,del segundo pagador tendría que hacer la declaración y podría salira pagar,ya que no tengo retenciones con la pensión,es eso asi?Y que cantidad seria aconsejable.Y otra pregunta mas tengo un familiar que va a recibir una herencia,teniendo en ella un plan de pensiones que le corresponde,sobre unos 22000 €,tendra que pagar a Hacienda tanto si lo rescata como capital o renta y que tipo de retenciones tendría,muchas graci@s
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Jose Trecet
Jose Trecet responde:
Los planes de pensiones forman parte de la rentas de trabao a efectos de IRPF y, efectivamente, se consideran un pagador más a efectos de la renta faaf73. Esto quiere decir que si superas los 12.646 euros y has cobrado más de 1.500 euros del segundo y siguientes pagadores, estarías obligado a presentar la renta -aquí puedes ver más información al respecto
https://www.finect.com/blogs/fiscalidad-e-impuestos/articulos/estas_obligado_a_presentar_la_renta_descubrelo
-.

Por otro lado, las prestaciones que reciben las personas con discapacidad están sujetas a condiciones especiales. Aquí puedes ver las prestaciones que no tributan
https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/_Segmentos_/Ciudadanos/Discapacitados/Rentas_que_no_tributan_en_el_IRPF.shtml
. En el caso de los planes de pensiones para personas con incapacidad, aplicaría lo siguiente: “Los rendimientos del trabajo derivados de las prestaciones obtenidas en forma de renta por las personas con discapacidad correspondientes a las aportaciones al sistema de previsión social especial constituido en favor de las mismas. También están exentos los rendimientos del trabajo derivados de las aportaciones a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad. El límite anual (conjunto hasta 31-12-2014) de esta exención es 3 veces el IPREM. (IPREM para 2016: 7.455,14 euros. LÍMITE: 22.365,42 euros). Desde 1 de enero de 2015 dicho límite de exención ser conjunto y se aplicará de forma individual y separada para cada uno de los dos rendimientos anteriores. (art 7.w Ley IRPF).”

Respecto a la segunda duda relativa a la herencia, tu amigo tendrá que pagar impuestos por el dinero del plan que ha heredado como lo haría por un plan propio. Estos dos artículos explican las opciones que tienes cuando heredas un plan y cuántos impuestos pagas dependiendo de cómo lo rescates:


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