Deducciones Renta Castilla y León 2025-2026: todas las que puedes aplicar

Deducciones Renta Castilla y León 2025-2026: todas las que puedes aplicar

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Arquitectura Gótica De La Catedral De Burgos En España. // Foto: Pexels.

Para la campaña de la Renta 2025-2026, la comunidad autónoma de Castilla y León cuenta con un conjunto de deducciones en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) que pueden aplicarse en la declaración de la Renta, con particularidades propias respecto a otras regiones.

Estas ventajas fiscales incluyen beneficios vinculados a la vivienda, la familia o determinadas inversiones, entre otros ámbitos. A continuación, repasamos las deducciones más relevantes y los principales requisitos para poder aplicarlas.

🧠 Cómo funciona el IRPF en Castilla y León

El IRPF es un impuesto progresivo, lo que significa que los tipos impositivos aumentan a medida que lo hacen los ingresos. Este sistema busca ajustar la carga fiscal a la capacidad económica de cada contribuyente.

La base liquidable se divide en distintos tramos, a cada uno de los cuales se le aplica un tipo impositivo concreto. Es importante tener en cuenta que estos porcentajes no se aplican sobre el total de los ingresos, sino de forma escalonada por tramos.

Escala autonómica del IRPF en Castilla y León

Base liquidable hasta (euros)

Cuota íntegra (euros)

Resto base liquidable hasta (euros)

Tipo aplicable

0,00

0,00

12.450,00

9%

12.450,00

1.120,50

7.750,00

12,00%

20.200,00

2.050,50

15.000,00

14,00%

35.200,00

4.150,50

18.207,20

18,50%

53.407,20

7.518,83

En adelante

21,50%

Por ejemplo, si la base liquidable de un contribuyente es de 50.000 euros, el cálculo de impuestos se realiza por tramos. A los primeros 12.450 euros se les aplica un 9%, lo que genera un importe de 1.120,50 euros. La parte comprendida entre 12.450 y 20.200 euros (7.750 euros) tributa al 12%, sumando 930 euros. A los siguientes 15.000 euros (de 20.200 a 35.200 euros) se les aplica un 14%, lo que supone 2.100 euros. Finalmente, los 14.800 euros restantes (de 35.200 a 50.000 euros) tributan al 18,50%, generando 2.738 euros.

El total de impuestos a pagar en la escala autonómica sería la suma de todos los tramos:
1.120,50 + 930 + 2.100 + 2.738 = 6.888,50 euros. Este cálculo se ha hecho simplificando el impuesto. Es decir, olvidando reducciones, mínimos personales y deducciones y tratando el salario bruto como la base sobre la que aplicar la renta. Tampoco se ha tenido en cuenta la base estatal a la hora de realizar este cálculo.

Todas las deducciones en Castilla y León

A continuación, repasamos las principales deducciones autonómicas disponibles en Castilla y León y los requisitos para poder aplicarlas en la declaración de la Renta.

Deducciones por circunstancias personales y familiares

Por nacimiento o adopción de hijos

Los contribuyentes de Castilla y León pueden aplicar una deducción por nacimiento o adopción de hijos en la declaración de la Renta, siempre que generen derecho al mínimo por descendientes. Con carácter general, la deducción asciende a 1.010 euros por el primer hijo, 1.475 euros por el segundo y 2.351 euros a partir del tercero.

En el caso de residentes en municipios de menos de 5.000 habitantes, las cuantías se incrementan hasta 1.420 euros por el primer hijo, 2.070 euros por el segundo y 3.300 euros por el tercero o sucesivos, reforzando así el apoyo a la natalidad en el medio rural.

Además, estas cantidades se duplican si el hijo nacido o adoptado tiene reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

Por familia numerosa

Los contribuyentes que tengan la condición de familia numerosa en Castilla y León pueden deducirse hasta 600 euros, aunque se incrementa en función del número de descendientes:

  • 1.500 euros si hay cuatro hijos.
  • 2.500 euros si son cinco, con un aumento adicional de 1.000 euros por cada hijo a partir del sexto. Este incremento es acumulativo por cada descendiente adicional, no un importe único.

Además, la deducción se puede ampliar en 600 euros adicionales si alguno de los cónyuges o descendientes tiene un grado de discapacidad igual o superior al 65%.

Por cuidado de hijos menores

Los contribuyentes de Castilla y León pueden aplicar una deducción por cuidado de hijos menores cuando, por motivos laborales —ya sea por cuenta propia o ajena—, necesiten recurrir a servicios de guardería, centros infantiles o empleados del hogar. En estos casos, pueden deducirse el 30% de las cantidades abonadas a una persona empleada del hogar, con un límite máximo de 322 euros, tanto en tributación individual como conjunta.

Alternativamente, si los gastos corresponden a guarderías o centros infantiles autorizados en Castilla y León, la deducción asciende al 100% de los importes satisfechos por preinscripción, matrícula, asistencia (en horario general o ampliado) y alimentación, siempre que correspondan a meses completos. En este caso, el límite máximo es de 1.320 euros anuales, independientemente del tipo de tributación.

Por cuotas a la Seguridad Social de empleados del hogar

También pueden aplicar una deducción por las cuotas a la Seguridad Social de empleados del hogar, siempre que estén incluidos en el Sistema Especial para Empleados del Hogar del Régimen General. En concreto, permite deducirse el 15% de las cantidades abonadas durante el ejercicio por este concepto.

Esta deducción tiene un límite máximo de 300 euros anuales, que se aplica tanto en tributación individual como conjunta.

Por partos o adopciones múltiples

Los contribuyentes de Castilla y León pueden aplicar una deducción adicional en caso de partos o adopciones múltiples. En concreto, cuando se trate de dos hijos nacidos o adoptados de forma simultánea, la deducción será del 50% de la cuantía que corresponda por nacimiento o adopción. Si el parto o adopción es de tres o más hijos, la deducción asciende al 100% de dicha cuantía, siempre que generen derecho al mínimo por descendientes.

Por gastos de adopción

Los contribuyentes de Castilla y León pueden aplicar una deducción por gastos de adopción en la declaración de la Renta cuando el menor adoptado genere derecho al mínimo por descendientes. En estos casos, la deducción asciende a 784 euros por cada adopción realizada durante el periodo impositivo.

En el supuesto de adopción internacional, la cuantía es significativamente mayor, alcanzando los 3.625 euros por cada hijo adoptado, lo que busca compensar el mayor coste asociado a este tipo de procesos.

Para contribuyentes con discapacidad

Los contribuyentes de Castilla y León pueden aplicar una deducción por discapacidad en la declaración de la Renta, cuya cuantía varía en función de la edad y del grado reconocido. En concreto, es de 300 euros para mayores de 65 años con una discapacidad igual o superior al 33%, y de 656 euros si el grado alcanza o supera el 65%. En el caso de contribuyentes menores de 65 años, la deducción será de 300 euros cuando la discapacidad sea igual o superior al 65%.

En concreto, la suma de la base imponible general y del ahorro, una vez descontado el mínimo personal y familiar, no puede superar los 18.900 euros en tributación individual o los 31.500 euros en declaración conjunta.

Deducción relativa a la vivienda habitual

Por nueva construcción para vivienda habitual

Los contribuyentes de Castilla y León pueden aplicar una deducción por la adquisición de vivienda de nueva construcción destinada a residencia habitual, equivalente al 7,5% de las cantidades satisfechas durante el ejercicio.

Para beneficiarse, es necesario cumplir varios requisitos: tener la residencia habitual en la comunidad, que se trate de la primera vivienda (sin haber sido titular de más del 50% de otra previamente), que el inmueble esté ubicado en Castilla y León y que sea una vivienda de nueva construcción conforme a la normativa aplicable. La base máxima anual de la deducción es de 9.040 euros.

Por alquiler de vivienda habitual por jóvenes

Los contribuyentes jóvenes podrán aplicar una deducción por el alquiler de vivienda habitual. Con carácter general, permite deducirse el 20% de las cantidades abonadas durante el ejercicio, con un límite máximo de 459 euros anuales. Esta deducción se aplica siempre que la vivienda esté situada en la comunidad y cumpla los requisitos establecidos.

En el caso de que la vivienda se encuentre en municipios de menor tamaño, la deducción es mayor: asciende al 25% del alquiler, con un límite de 612 euros, cuando el inmueble esté ubicado en localidades de menos de 10.000 habitantes o de menos de 3.000 habitantes si están a menos de 30 kilómetros de la capital de provincia.

Por rehabilitación de vivienda en zonas rurales para jóvenes

De igual manera pueden aplicar una deducción por la adquisición, rehabilitación o construcción de vivienda habitual en el medio rural, siempre que cumpla ciertos requisitos. La deducción asciende al 15% de las cantidades satisfechas durante el ejercicio.

Para poder beneficiarse, es necesario que el contribuyente tenga su residencia habitual en la comunidad, sea menor de 36 años a la fecha de devengo del impuesto y que se trate de su primera vivienda habitual. Además, el inmueble debe estar situado en un municipio de Castilla y León con una población inferior a 10.000 habitantes, o de 3.000 habitantes si se encuentra a menos de 30 kilómetros de la capital de provincia, reforzando así el incentivo a la vivienda en zonas rurales.

Por mejora de eficiencia energética y sostenibilidad

Los contribuyentes de Castilla y León pueden aplicar una deducción por actuaciones de rehabilitación de la vivienda habitual subvencionadas dentro de planes estatales o autonómicos. En concreto, permite deducirse el 15% de las inversiones realizadas, siempre que la vivienda esté situada en la comunidad y constituya —o vaya a constituir— la residencia habitual del contribuyente.

Esta deducción incluye actuaciones orientadas a mejorar la eficiencia energética, la sostenibilidad y la accesibilidad del inmueble.

Deducciones por donativos y donaciones

Por donaciones a la investigación, desarrollo o innovación

Los contribuyentes de Castilla y León pueden aplicar una deducción por donaciones destinadas al fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación (I+D+i). En concreto, permite deducirse el 15% de las cantidades donadas a universidades públicas de la comunidad, así como a fundaciones u otras entidades cuya actividad principal esté vinculada a proyectos de investigación o innovación desarrollados en Castilla y León.

Esta deducción forma parte de un conjunto de incentivos fiscales relacionados con el apoyo al patrimonio y la investigación, por lo que está sujeta a un límite conjunto. En concreto, la suma de las bases de estas deducciones no puede superar el 10% de la base liquidable total del contribuyente (general más ahorro), tanto en tributación individual como conjunta.

Deducción por invertir en recuperación de patrimonio histórico, cultural y natural

También podrán aplicar una deducción por las cantidades invertidas en la recuperación del patrimonio histórico, cultural y natural de la comunidad. En concreto, permite deducirse el 15% de las inversiones realizadas en la restauración, rehabilitación o reparación de inmuebles protegidos —como Bienes de Interés Cultural o bienes inventariados—, siempre que las actuaciones hayan sido autorizadas por el organismo competente.

En concreto, la base imponible total del contribuyente, una vez descontado el mínimo personal y familiar, no puede superar los 18.900 euros en tributación individual o los 31.500 euros en conjunta.

Otros conceptos deducibles

Por emprendimiento

Los contribuyentes de Castilla y León pueden aplicar una deducción para el fomento del emprendimiento por las inversiones realizadas en empresas. En concreto, permite deducirse el 20% de las cantidades invertidas durante el ejercicio en la adquisición de acciones o participaciones sociales.

El importe máximo de la deducción es de 10.000 euros, tanto en tributación individual como conjunta.

Por movilidad sostenible

Pueden aplicar una deducción para el fomento de la movilidad sostenible por la adquisición de determinados vehículos nuevos. En concreto, permite deducirse el 15% del importe destinado a la compra de turismos eléctricos puros, eléctricos de autonomía extendida o híbridos enchufables con más de 40 km de autonomía en modo eléctrico. El límite máximo de la deducción es de 4.000 euros por vehículo.

Para beneficiarse, el vehículo no puede superar los 40.000 euros de valor de adquisición (impuestos incluidos), no debe estar vinculado a actividades económicas y debe mantenerse en el patrimonio del contribuyente durante al menos cuatro años.

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Este contenido se ha elaborado bajo un criterio editorial y no constituye una recomendación ni propuesta de inversión. La inversión contiene riesgos. Las rentabilidades pasadas no son garantía de rentabilidades futuras.


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