¿Cuándo hay que hacer la declaración en 2026? Calendario de la Renta 2025: fechas clave
Llega de nuevo uno de los momentos más importantes del año a nivel económico: el de rendir cuentas con Hacienda por los ingresos obtenidos en 2025. La Agencia Tributaria ha publicado el calendario oficial de la Renta 2025 - 2026, estableciendo las fechas oficiales clave para que los contribuyentes presenten su declaración del IRPF correspondiente al ejercicio fiscal 2025.
El plazo para presentar la Declaración de la Renta de la campaña 2025-2026 llega un poco más tarde que en años anteriores y comenzará el próximo 8 de abril. Este año, la campaña no solo destaca por sus fechas, sino por la entrada en vigor de la Ley 5/2025, que introduce deducciones de hasta 340 euros para los salarios cercanos al SMI.
El plazo variará, como es habitual, según prefieras realizar el trámite por Internet, por teléfono o de forma presencial. A continuación, te presentamos el calendario oficial y las fechas que debes marcar en rojo para este 2026.
¿Cuándo hay que hacer la Renta 2025 - 2026? Fechas clave
El periodo de presentación de la declaración de la Renta 2025 comenzará el 8 de abril de 2026 y finalizará el 30 de junio de 2026, según la información oficial de la Agencia Tributaria en su web. Sin embargo, las fechas varían en función del método elegido para presentar la declaración.
Se desconoce aún la fecha para conocer tus datos fiscales, sin embargo, la fecha del año pasado fue el 19 de marzo, por lo que lo normal es que la fecha asignada para este año sea similar a la del anterior.
Fechas presentación online de la declaración de la Renta
Desde el 8 de abril hasta el 30 de junio de 2026, los contribuyentes podrán hacer su declaración de la Renta por Internet a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
Esta opción permite acceder al borrador desde el primer día, para que todo aquel que lo quiera pueda revisar y/o presentar su declaración de la renta desde ese día. Aunque siempre lo recomendable es revisar el borrador de la Renta por si a Hacienda se le hubiera olvidado incluir algún dato.
Hacer la declaración de la Renta 2026 por teléfono
La Agencia Tributaria mantiene el servicio de confección telefónica, para el cual es imprescindible pedir cita previa:
- Solicitud de cita previa: del 29 de abril al 29 de junio de 2026
- Inicio del servicio telefónico: 6 de mayo de 2026
- Fecha límite: 30 de junio de 2026
Hacer la declaración de la Renta 2026 de forma presencial
Para quienes prefieran acudir a las oficinas de la Agencia Tributaria, los plazos son los siguientes:
- Solicitud de cita previa presencial: del 29 de mayo al 29 de junio de 2026.
- Inicio de la atención presencial: 1 de junio de 2026.
- Fecha límite: 30 de junio de 2026.
Cómo solicitar cita previa en 2026
Para recibir asistencia personalizada (tanto por teléfono como en oficina), es obligatorio reservar tu turno a través de:
- Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
- Teléfonos de cita previa: 91 553 00 71 o 901 22 33 44.
¿Quién está obligado a declarar en 2026?
La gran novedad de este año es la obligación universal para quienes perciben prestaciones por desempleo, independientemente de la cantidad, y el ajuste de los límites por la subida del SMI.
- Ingresos del trabajo (un solo pagador): el límite se mantiene en 22.000 euros anuales. Si no llegas a esa cifra y solo has tenido una empresa, no estás obligado.
- Ingresos con más de un pagador: aquí es donde está el cambio principal. El límite para estar exento ha subido para acompasarse al Salario Mínimo. Ahora, si el segundo pagador te ha pagado más de 1.500 euros, solo estarás obligado a declarar si tus ingresos totales superan los 15.876 euros (frente a los 15.000 de hace un par de años).
- Desempleados: de cara a 2026, desaparece la exigencia automática de presentar la declaración para quienes perciben prestaciones o subsidios por desempleo. Tras la aprobación del Real Decreto-ley 16/2025, cobrar el paro ya no implica, por sí solo, tener que hacer la Renta: solo estarás obligado si tus ingresos superan los límites generales establecidos. Eso sí, esta flexibilización no afecta al Ingreso Mínimo Vital:
- Autónomos: Se mantiene la obligación para todos, sin importar sus ingresos o pérdidas. Desde el cambio de sistema de cotización, no hay un mínimo exento para ellos.
- Ingreso Mínimo Vital (IMV): Tanto los beneficiarios como los miembros de la unidad de convivencia deben presentarla obligatoriamente, aunque su renta sea cero y no tengan que pagar nada. Es requisito para percibir el IMV.
En consecuencia, la campaña de la Renta 2025-2026 cuenta con un calendario marcado por plazos concretos que conviene respetar. Presentar la declaración dentro del periodo establecido evita recargos y posibles complicaciones con Hacienda.
Para quienes buscan comodidad y rapidez, la vía telemática (por internet) suele ser la mejor opción. Y si surgen dudas, también se puede optar por atención telefónica o presencial, siempre solicitando cita previa con suficiente margen.
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