La jubilación flexible cambia sus reglas: más opciones para compatibilizar pensión y trabajo.
Desde el 28 de agosto de 2026, la normativa amplía las posibilidades para aquellas personas que, una vez jubiladas, quieran reincorporarse parcialmente al mercado laboral mientras continúan percibiendo una parte de su pensión.
Entre las principales novedades:
➡️ La jornada compatible se amplía y puede situarse entre el 33% y el 80% de una jornada completa.
➡️ La jubilación flexible se extiende también a determinados trabajadores autónomos, bajo ciertas condiciones.
➡️ Quienes hayan permanecido jubilados al menos seis meses antes de volver a trabajar podrán beneficiarse de un complemento sobre la parte de la pensión compatible con el empleo: del 25% cuando la jornada se sitúe entre el 55% y el 80%, y del 15% cuando esté entre el 33% y el 55%.
La reforma busca ofrecer una transición más flexible entre la vida laboral y la jubilación, ampliando las alternativas para quienes desean continuar desarrollando una actividad profesional.
📖 En La Brújula de las Pensiones se analiza cómo funciona la jubilación flexible, cuáles son sus nuevos requisitos y en qué se diferencia de otras modalidades como la jubilación activa o la jubilación parcial.
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