Qué es un ERTE, qué tipos hay y cuándo se puede aplicar

Qué es un ERTE, qué tipos hay y cuándo se puede aplicar

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ERE y ERTE. Finect

Con la situación que actualmente está sacudiendo la economía española, muchas empresas se están viendo obligadas a cerrar su producción, y como consecuencia de esto están sucediéndose una cantidad masiva de ERES y ERTES. La falta de ingresos provocada por el coronavirus está haciendo que muchas empresas no puedan afrontar los costes que en estos momentos se están ocasionando.

Con todo esto, surgen muchas dudas sobre que es un ERE o un ERTE, y que diferencias existen entre ambos. Por ello, desde Finect vamos a explicar qué son, cómo afectan y qué diferencias hay entre ambos conceptos. 

¿Qué es un ERTE?

El Expediente Temporal de Regulación de Empleo, más conocido como ERTE, consiste en la suspensión de los contratos y de la actividad de los trabajadores de una compañía con carácter temporal, es decir, por un tiempo determinada. Cabe destacar, que este parón no tiene un plazo mínimo, con lo cual, tendrá una duración marcada desde el momento en el que se realice, pero sin tener un máximo de tiempo. Si en algún caso el problema se solucionase antes de la fecha marcada, la compañía puede pedir a sus empleados que se reincorporen a su puesto de trabajo. 

¿En qué circunstancias se puede hacer un ERTE?

Este parón temporal en la actividad de los trabajadores debe responder a causas económicas, organizativas o de producción producidas por hechos de fuerza mayor. Y el fin de este tipo de medidas es causar la exención de pago por parte de la compañía a los trabajadores debido a que no puede afrontar el pago de los mismos, aunque seguirá pagando las cotizacones a la Seguridad Social. Así pues, las personas afectadas por un ERTE seguirán vinculadas a la empresa, pero sin cobrar y sin derecho a pagas extra ni vacaciones, mientras dure la suspensión temporal. Esta norma se encuentra regulada por el artículo 47 del Estatuto de Trabajadores.

¿Y quién paga a los trabajadores dentro de esta suspensión? Pues bien, los trabajadores afectados por un ERTE, por norma general, podrán solicitar el paro si han cotizado más de 360 días o cuando sus rentas no superen el 75% del salario mínimo interprofesional (SMI). Aunque como explicaremos a continuación, estos requisitos se han modificado dado el momento.

Tipos de ERTE

El ERTE, que siempre tendrá carácter temporal con un periodo establecido a la hora de su solicitud por parte de la empresa, tiene dos maneras de aplicarse:

  1. Suspensión de la actividad laboral de manera completa, es decir, la empresa cesa de manera total su actividad. 
  2. Reducción de la jornada laboral a sus trabajadores entre un mínimo del 10% y un máximo del 70%. Cabe destacar dentro de esta reducción que la parte de jornada que se deja de trabajar y por lo tanto de cobrar, se puede complementar solicitando la prestación por desempleo correspondiente a la parte proporcional que se deja de trabajar. Por ejemplo, si nos han hecho una reducción del 50% de la jornada laboral y, por lo tanto, trabajamos la mitad, tendremos derecho a solicitar una prestación por las horas no trabajadas. Esta prestación, que cubriría el otro 50% de nuestra jornada, será abonada por el SEPE al 70% de nuestra base reguladora durante los seis primeros meses y al 50% a partir del siguiente mes. Es decir, en este caso, al ser la mitad de jornada, durante los seis primeros meses cobraremos el 70% de la mitad de nuestra base reguladora.

ERTE durante el Estado de Alarma

Debido la situación excepcional en la que nos encontramos con motivo del Coronavirus, el Gobierno ha establecido que no hará falta cumplir ninguna de las premisas citadas y que, por lo tanto, cualquier persona podrá cobrar el paro mientras nos encontremos en Estado de Alarma. Esto implica que podrán cobrar la prestación todas las personas afectadas, incluso aquellas que carezcan del requisito sobre periodo de ocupación mínimo cotizado de 360 días necesario citado antes. Además, la medida supone que los periodos de la prestación utilizados durante la suspensión laboral no se contabilizarán como consumidos, lo que favorece a aquellas personas que en el futuro necesiten solicitar una prestación de desempleo ordinaria. De manera más clara, si estás afectado por un ERTE actualmente y estás consumiendo la prestación por desempleo, mientras dure el Estado de Alarma decretado, el tiempo que estés consumiendo no afectará a lo que ya tienes acumulado.

Por otro lado, estas nuevas medidas también eximen a las empresas de las cotizaciones sociales. Y, por último,  dentro de las medidas adoptadas por el Gobierno también está el decreto de la moratoria de la hipoteca, que consiste en el aplazamiento del pago del préstamos hipotecario durante un tiempo determinado.

A continuación os dejamos una herramienta que os ayudará a saber la cantidad de prestación a la qué podréis acceder si estáis afectados por un ERTE:

¿Cuánto vas a cobrar al haberte aplicado un ERTE?:

¿Cuál es la diferencia entre ERE y ERTE?

Principalmente, el ERTE está pensado para crisis temporales, debido a la caída de la producción por causas de fuerza mayor antes comentadas. Además, dentro del ERTE no existen indemnizaciones, debido a que implica que el personal de la compañía volverá a sus funciones dentro de la empresa una vez termine el cese de la actividad. Mientras que al ERE (Expediente de Regulación Colectivo), sí le corresponden indemnizaciones a sus trabajadores de 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades en función de la extinción del contrato.

Por otro lado, otra diferencia importante entre ERE y ERTE es que el ERTE lo puede aplicar cualquier empresa independientemente de su tamaño. Mientras que para ser considerado ERE tiene que cumplir una serie de requisitos en función del tamaño de la compañía, como que afecte en un periodo de 90 días a diez trabajadores en empresas que tengan menos de 100 trabajadores a su cargo, o a aquellas que tengan entre 100 y 300 empleados y afecte al 10% de los mismos  y, por último, a aquellas que afecten a 30 empleados de al menos 300 en total.

Diferencias principales ERTE y ERE

ERTE

ERE

Suspensión de carácter temporal  Despido colectivo             
No hay indemnización Sí hay indemnización
Lo pueden realizar todas las empresas En función del tamaño de la empresa

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