¡Cuidado con especular en las ampliaciones de capital! Un caso real

¡Cuidado con especular en las ampliaciones de capital! Un caso real

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Se trata de un caso real. Una reclamación interpuesta por un inversor en 2016 a la figura del Protector del Inversor de la Bolsa de Madrid que se acaba de hacer pública y cuyo veredicto ha sido desfavorable al inversor. ¿Por qué?

Fue en plena ampliación de capital de ArcelorMittal por operar con los derechos de suscripción. La mayor parte de vosotros ya sabéis de sobra cómo funciona una ampliación de capital, pero para los neófitos, decir que los derechos son en principio lo que la propia palabra indica, un derecho para recibir acciones nuevas de esa ampliación de capital. Pero, como cotizan en mercado al igual que una acción, algunos inversores los compran y venden sin intención de recibir esas acciones, solo por la ganancia que puedan obtener con las oscilaciones de precio mientras dura ese periodo, que suele ser de algunas semanas.

El caso real: "mis derechos desaparecieron y no se me abonó ningún importe"

El inversor compra unos 3.200 euros en derechos de suscripción de Arcelor Mittal el 22 de marzo de 2016.  Justo el día que acaba la operación. Su queja radica en que al día siguiente esos derechos desaparecieron de su cuenta y el dinero invertido se esfumó.

Se pregunta a dónde ha ido a parar su inversión, ya que no se los han convertido en acciones. Simplemente, el periodo de suscripción ha terminado, los derechos se han extinguido para intercambiarlos por acciones nuevas, pero a él no se las han reembolsado. Tampoco hay rastro de un reembolso en metálico. ¿Qué sucede? Esto es parte de lo que expone:

La resolución:

Resulta que nuestro querido inversor había querido especular en el último día de la ampliación de capital introduciendo esa orden de compra por la mañana con la expectativa de venderlos a otro precio, no de recibir las acciones (está en su perfecto derecho, claro).

El problema es que puso una orden de venta condicionada a un precio: los compró a 1,077 y puso orden de venta a 1,147. No llegaron a ese precio, así que la orden no se cruzó. Y en este caso, el banco está imposibilitado para venderlos por su cuenta. Esto es lo que exponen desde Protección del Inversor:

 

Conclusión:

El protector del inversor estima que esto es lo que debe hacer el intermediario cuando el inversor no le ha comunicado qué quiere hacer con sus derechos:

- Si tenía acciones previamente y por eso le han sido asignados derechos: debe venderlos, para evitar que se extingan como le sucedió a este inversor.

- Si ha comprado los derechos en mercado: "Cuando haya saldo suficiente en la cuenta para proceder a suscribir las acciones ejercitando los derechos de suscripción, debe interpretarse que los derechos se han adquirido para suscribir acciones", dice textualmente.

- Si ha comprado en mercado pero ha puesto una orden condicionada: La pelota está en el tejado del inversor, y si no se cruza la orden, como en este caso,  “el reclamante quedó vinculado por su propia conducta y no puede pretender que el intermediario, en contradicción con sus órdenes, proceda a realizar ningún cambio sobre las condiciones de la operación”.

 

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