A partir de mañana ya se puede solicitar el borrador de la Renta 2014. ¿Qué fechas y aspectos tenemos que tener en cuenta?
- Periodo para solicitar el borrador: Se puede pedir por Internet desde el 7 de abril hasta el 30 de junio, a través del apartado "RENØ" en la página principal de la Renta 2014. En caso de haberlo solicitado por correo ordinario, a partir de mayo se recibirá en el domicilio fiscal. Según la Agencia Tributaria, "salvo que antes se haya visualizado por Internet"
- ¿Qué datos necesito para solicitarlo por Internet? Con certificado electrónico, con el número de referencia del borrador o de los datos fiscales, o con clave PIN. Para solicitar este número de referencia, la Agencia solicita el Número de Identificación Fiscal (NIF) o Número de Identidad de Extranjero (NIE), la casilla 415 de la Renta 2013 y el número de teléfono móvil.
- Procedimiento para solicitar el borrador:
1. Acceder al apartado " RENØ"
2. Completar los campos de NIF/NIE, primer apellido y la casilla 415 de Renta 2013. Si no se realizó la declaración de la Renta 2013 o la casilla 415 era cero, habrá que indicar el código cuenta cliente de una cuenta bancaria de la que se sea titular).
3. Desde esta página se podrá acceder a información sobre el estado de tramitación del borrador, la modalidad de tributación y la lengua de emisión. Si el borrador no ha sido emitido, se pobrá cambiar la opción de tributación y la lengua de emisión. Nos pedirán un número de teléfono móvil en el que recibir el número de referencia, damos en continuar y, si todo es correcto, a aceptar.
En este vídeo la Agencia Tributaria lo explica paso a paso: