Queda poco más de un mes para poder hacer la declaración de la Renta 2024 - 2025. La presentación de la declaración de la Renta es uno de los trámites fiscales más importantes para millones de contribuyentes en España cada año. Este proceso permite regularizar la situación tributaria de cada persona física ante la Agencia Tributaria, garantizando el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y, en muchos casos, facilitando la devolución de cantidades pagadas en exceso.
Cada ejercicio fiscal trae consigo nuevas normativas, plazos y requisitos que los contribuyentes deben tener en cuenta para evitar sanciones y optimizar su declaración. Por ello, es fundamental estar informado sobre los plazos y condiciones para la campaña de la Renta correspondiente al año fiscal 2024.
¿Cuánto tiempo tengo para hacer la Renta 2024?
La campaña para presentar la correspondiente al ejercicio fiscal 2024 en España comenzó el pasado 2 de abril de 2025 y finalizará el próximo 30 de junio de 2025. Sin embargo, si el resultado de la declaración es a ingresar y se desea domiciliar el pago, el plazo se adelanta al 25 de junio de 2025.
Quienes deseen realizar el trámite por teléfono con un especialista de Hacienda o acudir de forma presencial, deberán solicitar cita previa antes del 27 de junio. Para reservar la cita, es necesario llamar a alguno de los siguientes números: 91 535 73 26, 901 12 12 24, 91 553 00 71 o 901 22 33 44.
- Presentación por Internet: disponible desde el 2 de abril hasta el 30 de junio de 2025 a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
- Presentación telefónica: desde el 6 de mayo hasta el 30 de junio de 2025. Se necesita una previa solicitud de cita entre el 29 de abril y el 27 de junio.
- Atención presencial en oficinas: disponible del 2 al 30 de junio de 25, con cita previa que puede solicitarse desde el 29 de mayo hasta el 27 de junio.
Puedes ver todas las fechas en el calendario de la Declaración de la Renta 2024 - 2025
¿Quiénes están obligados a declarar?
Deben presentar la declaración de la renta aquellos contribuyentes que hayan obtenido ingresos del trabajo superiores a 22.000 euros de un solo pagador, o más de 15.876 euros si han tenido más de un pagador y el segundo pagador les ha abonado más de 1.500 euros.
Además, están obligados a declarar todos los autónomos, los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital y los desempleados que hayan recibido prestaciones por más de 15.876 euros anuales.
Consecuencias de presentar fuera de plazo
Presentar la declaración fuera de plazo puede conllevar sanciones económicas que varían según la cantidad adeuda, el tiempo de retraso y si ha habido una notificación oficial. Los recargos pueden oscilar entre el 1% y el 20% más intereses, y en caso de notificación oficial, las sanciones pueden llegar al 150%.
Si la declaración es a devolver y la declaración se realiza posteriormente, el contribuyente podría pagar hasta 200 euros y en algunos casos es posible que pierda dinero.
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Este contenido se ha elaborado bajo un criterio editorial y no constituye una recomendación ni propuesta de inversión. La inversión contiene riesgos. Las rentabilidades pasadas no son garantía de rentabilidades futuras.
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