¿Tengo que presentar el Modelo 720 de bienes y derechos en el extranjero de Hacienda?

¿Tengo que presentar el Modelo 720 de bienes y derechos en el extranjero de Hacienda?

Me gusta
Comentar
Compartir

Modelo 720 de Hacienda

En resumen: tienes que presentar el modelo 720 si eres residente fiscal en España y, a 31 de diciembre, tienes más de 50.000 euros en alguno de estos bloques en el extranjero: cuentas bancarias, valores y fondos o seguros, o inmuebles. Se presenta entre el 1 de enero y el 31 de marzo y, una vez presentado, solo hay que repetirlo si un bloque sube más de 20.000 euros o si se cancela algo. Desde 2022, tras una sentencia europea, las multas por no presentarlo son las generales, mucho más bajas que antes. Las criptomonedas van en otro modelo, el 721.

El modelo 720 es una declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero de los contribuyentes españoles. Hacienda creó este formulario para controlar los activos de los residentes en otros países y combatir el fraude fiscal. No es un impuesto: no se paga nada al presentarlo.

¿Quiénes tienen la obligación de presentar el modelo 720?

Las personas físicas y jurídicas residentes en España que tengan la titularidad de derechos sobre:

  • Cuentas en entidades financieras ubicadas en el extranjero.
  • Valores, derechos, seguros y rentas obtenidos en el extranjero.
  • Bienes inmuebles (casas) y derechos sobre ellos. 

Se considera que una persona como residente en España si reside más de 183 días dentro del territorio español. 

Es posible que estos contribuyentes no tengan que presentarlo, ya que únicamente deben hacerlo quienes tengan más de 50.000 euros en el extranjero en alguno de los tres bloques (cuentas; valores, fondos, seguros y rentas; e inmuebles) a 31 de diciembre del año anterior. El límite se mira bloque a bloque: si tienes 40.000 euros en cuentas y 40.000 en fondos, no tienes que presentarlo.

Si un ciudadano ya presentó el modelo 720 en años anteriores solo tendrá que volver a declarar por el mismo grupo de bienes si su valor se ha incrementado en más de 20.000 euros respecto a la última declaración presentada. 

Algunos ejemplos de casos:

Estos son algunos casos en los que se debe presentar el modelo 720:

-  Cuenta en una entidad con domicilio en el extranjero y sin sede en España.

- Depósitos en un país extranjero

- Fondos de inversión depositados en entidades extranjeras.

- Una vivienda en otro país.

Las criptomonedas custodiadas en plataformas extranjeras no van en el 720, sino en el modelo 721, con el mismo límite de 50.000 euros. Te lo contamos en cuántos impuestos pagas por invertir en bitcoin.

¿Cómo se presenta el modelo 720?

La gestión del modelo 720 se hace de forma telemática. Por tanto, el ciudadano tiene que confirmar su identidad a través del DNI electrónico, del certificado electrónico o del sistema Clave PIN. 

Se puede presentar en este enlace.

¿Qué plazo hay que presentar el modelo 720?

La declaración informativa tiene que presentarse en un plazo de tres meses, que va desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo del ejercicio siguiente al que se refiera la información. 

¿Qué pasa si no presentas el modelo o no lo haces a tiempo?

Si no presentas el modelo 720, lo presentas tarde o con datos incompletos o falsos, Hacienda puede sancionarte.

Hasta 2022, las multas eran durísimas: 5.000 euros por dato no declarado, con un mínimo de 10.000, y Hacienda podía considerar esos bienes como ganancia no justificada sin límite de tiempo.

Pero en enero de 2022 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró que ese régimen era desproporcionado, y ese mismo año se cambió la ley. Ahora se aplican las sanciones generales de la Ley General Tributaria para las declaraciones informativas: una multa de 20 euros por dato no declarado, con un mínimo de 300 euros y un máximo de 20.000, que se reducen a la mitad si lo presentas tarde sin que te lo haya requerido Hacienda. Y los bienes no declarados ya no se tratan como una ganancia que nunca prescribe.

Si tienes un patrimonio relevante fuera de España y quieres ayuda para ordenarlo, puedes encontrar un asesor financiero en Finect.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que presentar el 720 si tengo una cuenta en un neobanco europeo?

Depende de dónde esté la entidad. Si el banco opera en España con una sucursal española, la cuenta no se considera en el extranjero. Si opera desde otro país (por ejemplo, con IBAN extranjero), sí cuenta para el límite de 50.000 euros.

¿Los fondos comprados a través de un bróker extranjero van en el 720?

Sí, si los custodia una entidad extranjera y el bloque de valores y fondos supera los 50.000 euros.

¿Hay que presentarlo todos los años?

No. Solo el primer año y, después, cuando algún bloque suba más de 20.000 euros respecto a la última declaración o cuando vendas o canceles algún bien declarado.

Te puede interesar

Este contenido se ha elaborado bajo un criterio editorial y no constituye una recomendación ni propuesta de inversión. La inversión contiene riesgos. Las rentabilidades pasadas no son garantía de rentabilidades futuras.

Mejores cuentas remuneradas de 2026

Explora las cuentas remuneradas más rentables.

0 ComentariosSé el primero en comentar