Fiscalidad del bitcoin: ¿Cuántos impuestos pagas por invertir en criptodivisas?

Fiscalidad del bitcoin: ¿Cuántos impuestos pagas por invertir en criptodivisas?

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Bitcoin y criptodivisas

Bitcoin y las criptodivisas han sido una de las tendencias de inversión y seguirán siéndolo en el futuro. Con este panorama solo era cuestión de tiempo que la fiscalidad de las monedas virtuales llamasen la atención de Hacienda. Las criptomonedas y su fiscalidad están siendo uno de los focos de la Agencia Tributaria, que en 2021 redobló los esfuerzos por recoger y fiscalizar todas las operaciones con criptoactivos. Y en 2022 continúa su regulación fiscal. 

"Todos sabemos que las criptomonedas están viviendo un gran momento de popularidad y cada vez más personas han sido seducidas por estos activos digitales. Lo que no todo el mundo sabe son las implicaciones fiscales que puede llegar a tener este tipo de inversiones", señalan desde Taxdown

Esta fiscalidad de las criptomonedas hace que llegue el momento de preguntarse: ¿Cómo tributa el bitcoin en la declaración de la renta? ¿Es necesario declarar las ganancias por invertir en criptomonedas? ¿Computan en el Impuesto sobre el Patrimonio?

La respuesta dependerá del uso que hagas de la moneda virtual y de cómo la hayas conseguido.

Si, además, después de leer este artículo crees que, como mucha gente, te vendría bien un asesor financiero o fiscal que te ayude a hacer la declaración de la renta, aquí puedes encontrar uno cerca de ti que se adecúe a tus necesidades.

Invertir en Bitcoin

Hay tres fórmulas de obtener bitcoins o criptodivisas.

  • Bitcoin como forma de pago. En 2015 el Tribunal Supremo de la Unión Europea determinó que el bitcoin es un medio de pago y como tal se aplicará IVA a cualquier compra de bienes o servicios en la que se utilice como con cualquier otra divisa (esto no aplicaría al resto de monedas virtuales). Donde no habría IVA es en la transmisión de la moneda, ya que en caso de comprar moneda se trataría de una operación financiera de inversión.
  • Bitcoin como inversión. Si has invertido en bitcoin a través de un broker tendrás que pasar por la caja de Hacienda. La inversión en criptomonedas tributa en la declaración de la renta como cualquier otra inversión en productos de ahorro. Si has comprado a través de un bróker y no has minado, deberás incluir tu ethereum, dash, iotas... en el IRPF de 2021
  • Mineros de bitcoins. La minería de bitcoins funciona de forma diferente a la inversión en monedas virtuales. ¿Eres minero virtual? Tendrás que hacerte empresario y darte de alta en el Impuesto de Actividades Empresariales (IAE). Esto también tendrá su consecuencia en cómo tributar por las criptomnedas en la renta. 

Los bitcoins en la declaración de la renta

Hay una cosa que debes tener clara. Si inviertes en bitcoin vas a tener que tributar en el IRPF. Y es que, a efectos prácticos, la inversión en criptomonedas no es muy diferente a la operativa con divisas, especialmente cuando se hace a través de un bróker.

¿Cómo incluir las criptomonedas en la declaración de la renta? Para Hacienda el dinero que obtengas (o pierdas) con las criptodivisas se considera una ganancia o pérdida patrimonial. La traducción es que pagarás entre un 19% y un 23% por tus ganancias al hacer la renta 2020 y entre un 19% y un 26% en el IRPF 2021.

Estos son los tramos del ahorro que se aplican en la renta 2021. 

Ganancias

Tipo Impositivo 

Hasta 6.000 euros

19%

De 6.000 euros hasta 50.000 euros

21%

De 50.001 a 200.000 euros

23%

A partir de 200.001 euros

26%

¿Se pueden compensar las ganancias en bitcoin con pérdidas?

Sí. Como con cualquier otra ganancia y pérdida patrimonial, al incluir los bitcoin en la renta podrás restar a las ganancias que hayas obtenido las pérdidas patrimoniales que hayas sufrido. 

Es decir, si has ganado con las criptomonedas, pero has perdido con tus acciones, podrás restar las minusvalías a las plusvalías. Así, solo tributarás por tus ganancias reales. 

Cómo se calcula la ganancia patrimonial con bitcoin

¿Cómo saber cuánto has ganado al comprar bitcoinDe la misma forma que harías con cualquier otra inversión, por la diferencia entre el precio de adquisición y el precio de venta.

La fiscalidad de las criptodivisas en la renta es similar a lo que sucede con la fiscalidad de las acciones.

Para empezar, solo pagarás dinero cuando cierres tu posición. Hasta que no vendas tus bitcoins no tendrás que tributar. A Hacienda le importa poco lo que haya pasado entre medias con la cotización de la moneda virtual.

Si compraste 1 bitocin a 6.000 euros y vendes a 30.000 euros tu ganancia patrimonial será de 24.000 euros. Al hacer la declaración de la renta con bitcoin el hecho de que llegase a alcanzar los 50.000 euros es irrelevante si no vendiste en ese momento.

En este artículo puedes ver las casillas de la renta en las que incluir los bitcoins

Qué pasa si pierdes dinero con bitcoin

¿Y si en lugar de ganar dinero has perdido? Esta puede ser la realidad para muchos inversores que entraron en los primeros máximos del año y vendieron en pánico con las primeras correcciones. 

En este caso estaríamos ante una pérdida patrimonial y como tal podrías compensarla con otras ganancias patrimoniales. Para que lo entiendas mejor, ese dinero que has perdido con bitcoin se compensaría con las ganancias en bolsa para ayudarte a pagar menos impuestos.

Si después de compensar pérdidas con ganancias patrimoniales el saldo todavía es negativo además podrás compensar con los rendimientos de capital mobiliario (depósitos, por ejemplo). Y si aun así hay pérdidas, dispones de cuatro años para compensarlas. En otras palabras, si perdiste dinero en 2021 podrás incluirlo en la declaración de 2025.

¿Qué ocurre con las pérdidas por bitcoin de años pasados? La renta 2020 es la última oportunidad para compensar pérdidas de 2016. 

¿Y si se cambia bitcoin a otra criptomoneda?

Comprar bitcoin, transformarlos en Ethereum, vuelta a bitcoin y paso a Iota. Esto que parece rocambolesco es la realidad para muchos inversores en criptodivisas que aprovechan las monedas virtuales alternativas a bitcoin para invertir.

Un error muy habitual es pensar que no es necesario tributar por ese dinero, que esas ganancias se quedan en el limbo. Nada más lejos de la realidad. En estos casos Hacienda entiende que hay una alteración en la composición de patrimonio por la que tributar, ya que también hay un cambio en la valoración. La lógica de Hacienda es que si inviertes 1.000 euros en bitcoin y al cabo de un mes decides invertir en Ethereum ese dinero, que ahora equivale a 2.000 euros, estás ganando ese dinero.

Además, en teoría deberías tributar de forma individual por todos y cada uno de estos cambios en la renta. En realidad bastará suele ser suficiente con agrupar las operaciones, como también suele hacerse con los CFDs, por ejemplo.

Si no saco el dinero de mi monedero virtual ¿Tengo que incluir en la renta?

Sí, también hay que pagar impuestos si has ganado dinero. Para Hacienda los monederos virtuales son como una cuenta bancaria. Solo si mantienes la criptomoneda en el monedero y no lo conviertes a euros podrás dejar de declarar.

Sin embargo, si usas ese monedero para hacer staking y recibes recompensas, sí que habrás generado un rendimiento de capital mobiliario que tendrás que incluir en el IRPF. 

Cómo tributa el minado de criptomonedas

Cubierto el apartado de cómo declarar en la renta la inversión en criptodivisas llega el momento de hablar del minado.

La fiscalidad del minado es clara. Hacienda la considera una actividad económica. Como tal, los ingresos que obtengas debes incluirlos en el apartado de actividades económicas. A estos ingresos podrás restar los gastos de la actividad, como la adquisición de material (los equipos de minado) y otros gastos necesarios como la electricidad. 

Además, también tendrás que darte de alta como autónomo, entre otras cosas.  

Las criptomonedas en el Impuesto sobre el patrimonio 

¿Hay que incluir las criptodivisas en el Impuesto sobre el Patrimonio? Sí, sin lugar a dudas. Desde 2017 Hacienda alerta de que bitcoin y otras criptomonedas están sujetas a este impuesto.

En otras palabras, el valor de estos bitcoin se suman al cálculo de tu patrimonio como también lo hacen las acciones o los fondos de inversión en tu poder. 

Criptomonedas y el modelo 720 de la AEAT

¿Hay que presentar el Modelo 720 de declaración sobre bienes y derechos situados en el extranjero?

Esta es otra de las dudas más repetidas entre los inversores en bitcoin y también quienes poseen fondos de inversión en el extranjero.

Esta declaración informativa se presenta por los bienes y derechos en el extranjero que superen los 50.000 euros. La duda en este punto surge porque las criptodivisas no tienen una geolocalización concreta y por lo tanto, es difícil estimar si es o no un bien en el extranjero. 

Para Hacienda la cosa está mucho más clara, especialmente a raíz del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2021. El documento ya exige directamente la "obtención de información procedente de diversas fuentes sobre las operaciones realizadas con criptomonedas". La traducción es que tendrás que incluir tus criptoactivos en este famoso modelo. 

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