Ampliación de Santander: cuántos impuestos pagarás por tus derechos de suscripción

Ampliación de Santander: cuántos impuestos pagarás por tus derechos de suscripción

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La ampliación del Banco Santander ya está en marcha y hasta el próximo día 20 los accionistas podrán vender sus derechos de suscripción o comprarlos para adquirir nuevos títulos del banco. En total, la entidad ampliará capital por 7.072 millones de euros y entrar tiene un coste de 10 derechos de suscripción más 4,85 euros por título. En nuestra Guía para accionistas y no accionistas están todos los detalles.

Si eres accionista de Santander y ya has decidido qué hacer con tus derechos de suscripción, no te olvides de los impuestos. Y es que la forma en la que tributan ha cambiado en 2017 respecto a 2016, y no para mejor.

Hasta ahora la tributación de los derechos se difería hasta el momento de la venta de las acciones que originaron los derechos. En la renta 2017 la situación es diferente y los derechos de suscripción pasan a ser una ganancia patrimonial con retención del 19% y que después tributarán sumándose al resto de ganancias patrimoniales. Pero esto solo se refiere a un caso concreto. Vamos a ver cuántos impuestos pagarías dependiendo de lo que hagas con los derechos de suscripción de la ampliación de Banco Santander.

Uso mis derechos para acudir a la ampliación

Si compras una acción del banco aportando tus 10 derechos más los 4,85 euros, el precio de adquisición se reduce y el pago de impuestos se difere al momento de la venta de las acciones, exactamente igual a como se venía haciendo hasta ahora.

Vendo mis derechos en el mercado

Si no tienes pensado acudir a la ampliación es mejor que des ya la orden de venta de tus derechos a tu bróker. Así es más fácil que consigas más por ellos. Desde un punto de vista fiscal, tendrás que pagar por el dinero que obtengas de la venta como si se tratase de una ganancia patrimonial.

Además, el bróker te aplicará por defecto una retención del 19% sobre las plusvalías que obtengas y después pagarás impuestos en función de los tramos del IPRF 2017, que son los siguientes:

Ganancias hasta 6.000 euros - 19%

Ganancias entre 6.000 y 50.000 euros - 21%

Ganancias de más de 50.000 euros - 23%

Dejo que mis derechos se extingan

Si esperas hasta el final tus derechos se extinguirán y no conseguirás nada o prácticamente nada por ellos. Esto es lo que ocurre cuando ejecutas tus derechos, pero el número que tienes no cuadran exactamente con las acciones que puedes comprar.

En el caso de la ampliación de capital de Banco Santander, necesitas 10 derechos para adquirir un nuevo título del Santander. Si te han dado 15 derechos no recibirás 1,5 acciones, comprarás 1 y te quedarán 5 derechos que el bróker seguramente espere hasta el final para vender, por lo que recibirás entre poco o muy poco. Si lo que recibes es cero no habrá ni ganancia ni pérdida patrimonial, por lo que no habrá que tributar. En caso contrario, se aplicará lo que hemos visto en el apartado anterior.

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¡Cuidado con especular en las ampliaciones de capital! Un caso real

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