La campaña de la Renta comenzó el 3 de abril y lleva activa desde ese día, pero para los más rezagados, han de saber que el 1 de julio es oficialmente el último día para presentar la declaración del Renta, según y como recoge la propia Agencia Tributaria en su web.
Hasta ese día se podrá realizar la presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2023. Además, la Agencia Tributaria podrá confeccionar tu declaración de Renta 2023 por teléfono, siempre y cuando hayas solicitado cita antes del 28 de junio. Lo mismo ocurre con la posibilidad de presentar la declaración de forma física en las oficinas de Hacienda.
¿Y si no la presento en este plazo?
Sentimos tener que comunicártelo pero si no presentas la declaración de la Renta a tiempo, si te correspondía hacerlo, puedes enfrentarte a multas, sanciones y recargos impuestos por la Agencia Tributaria. Eso sí, no todos los casos tienen las mismas consecuencias, ya que éstas varían dependiendo de si tu declaración resulta a devolver o a pagar.
- Si te sale a devolver: la multa asciende a 200 euros si la presentas fuera de plazo. Esta multa puede reducirse a la mitad si no has recibido ningún requerimiento de pago por parte de la administración. Además, si es Hacienda la que no cumple con su plazo de seis meses para devolverte el dinero, deberá pagarte intereses de demora.
- Si te sala a pagar: aquí la cosa se complica, Hacienda aplicará un recargo que varía según el tiempo transcurrido desde la fecha de vencimiento. Es decir, si te retrasas tres meses, se aplicará un recargo del 5%. De entre tres y seis meses, será del 10%. Si es entre seis meses y un año, será del 15%. Si el olvido se extiende y supera los 12 meses, el recargo será del 20%. Además, se aplicarán intereses de demora del 3,75%.
Puedes reducir el recargo en un 25% si no recurres y pagas de forma voluntaria. Ya que si esperas a que Hacienda te comunique la reclamación, todo se complicará aún más. En este hipotético caso, además de la multa de 200 euros por presentar la declaración de la Renta fuera de plazo, podrías enfrentarte a un recargo que va del 50% al 150% de la deuda, dependiendo del perjuicio causado a la Administración o la posible reincidencia del contribuyente.
Así que lo mejor que puedes hacer es tener al día tus cuentas con el fisco.
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