Novedades Renta 2024 - 2025: todos los cambios que afectan a tu declaración
La campaña de la renta 2025 ya está al caer, y este año se introducen varios cambios que afectarán a los contribuyentes en España. Entre las novedades más destacadas se encuentran la posibilidad de pagar la declaración a través de Bizum, nuevas condiciones para declarar prestaciones por desempleo, beneficios fiscales para afectados por la DANA y una nueva forma de devolución para mutualistas.
A continuación, te contamos las principales novedades y cambios en la Renta 2024.
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Novedades y cambios en la Renta 2024 - 2025
Pago de la renta a través de Bizum
Por primera vez, los contribuyentes podrán pagar su declaración del IRPF mediante Bizum, además de los métodos tradicionales como domiciliación bancaria, cargo en cuenta, NRC (Número de Referencia Completo) o pago en oficina bancaria.
Cada entidad bancaria establece límites de uso para Bizum, por lo que es recomendable comprobar las condiciones antes de realizar el pago.
¿Estoy obligado a declarar el paro?
Aunque inicialmente se estableció que todos los beneficiarios del paro debían presentar la declaración, finalmente esta medida no se aplicará en la campaña de la renta 2024.
Por tanto, los perceptores de prestaciones por desempleo no están obligados a presentar la declaración este año.
¿A partir de cuánto tengo que hacer la declaración de la Renta en 2025?
No tendrán que declarar los trabajadores con ingresos menores a 22.000 euros anuales, siempre que no hayan recibido más de 1.500 euros de un segundo pagador. Iban a ser 2.500 euros, pero finalmente el decreto que incluía esta medida no fue convalidado en el Congreso, con lo que esta medida no entra para 2025.
Se eleva el umbral de declaración a 15.876 euros en caso de haber recibido rentas de varios pagadores (antes era de 14.000 euros), cuando la suma del segundo y siguientes no supere los 1.500 euros.
Cambios en la reducción por rendimientos del trabajo en 2025
La reducción fiscal máxima para trabajadores con rentas inferiores a 19.747,5 euros aumenta a 7.302 euros, frente a los 6.498 euros del año anterior. Esta medida beneficia principalmente a trabajadores con ingresos bajos y medios.
Además, con la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) a 16.576 euros anuales en 14 pagas (1.184 euros mensuales), las empresas comenzarán a aplicar retenciones de IRPF a sus trabajadores. Aunque este cambio solo afectará a aproximadamente el 20% de los beneficiarios y será visible para la renta el próximo año.
Cambios en la deducción por alquiler de vivienda
A partir de 2024, los propietarios que alquilen su vivienda pueden aplicar diferentes reducciones fiscales en función de la fecha del contrato y ciertas condiciones.
Para contratos firmados antes del 26 de mayo de 2023, se mantiene la reducción del 60%. Para contratos firmados entre el 26 de mayo y el 31 de diciembre de 2023, la reducción varía entre un 90%, 70%, 60% o 50% según las condiciones del alquiler.
Para contratos firmados desde el 1 de enero de 2024, la reducción puede llegar hasta el 90% si el alquiler está en una zona de mercado residencial tensionado y el propietario ha rebajado la renta en más de un 5%. También se aplica una reducción del 70% si es la primera vez que se alquila y el inquilino tiene entre 18 y 35 años. En otros casos, la reducción oscila entre el 60% y el 50%.
Nuevo sistema de corrección de errores en la declaración
Desde 2025, Hacienda introduce un sistema único de corrección de autoliquidaciones que sustituye a las autoliquidaciones complementarias y las solicitudes de rectificación.
Este nuevo sistema permitirá a los contribuyentes modificar, completar o rectificar su declaración sin necesidad de esperar una resolución administrativa.
Aumento de la deducción por maternidad
Las madres trabajadoras podrán aumentar la deducción en 1.000 euros adicionales por gastos de guardería del hijo menor de tres años.
Ahora también se aplicará a guarderías sin autorización educativa, siempre que cuenten con la autorización de apertura y funcionamiento.
Exención de impuestos para afectados por la DANA
Las personas damnificadas por la DANA no tendrán que tributar por las ayudas recibidas. Las ayudas exentas de IRPF incluyen:
- Indemnización del Consorcio de Compensación de Seguros.
- Ayudas por desalojo de vivienda habitual.
- Compensaciones por daños personales y materiales.
Si el importe de la indemnización supera el valor del daño, se considerará ganancia patrimonial, pero estará exenta de gravamen. Para los autónomos afectados, se aplicará una reducción del 25% del rendimiento neto de módulos en IRPF y la posibilidad de renunciar a módulos en la declaración de 2024.
Si el importe total de las ayudas y de la indemnización del Consorcio supera el valor de adquisición del bien dañado, se considerará ganancia patrimonial, pero estará exenta de gravamen si no supera el importe recibido. Si las ayudas no alcanzan el valor del daño, se registra una pérdida patrimonial.
Las ayudas de los empleadores a empleados por daños personales o materiales estarán exentas de IRPF, salvo que el importe supere el valor acreditado de los daños, en cuyo caso el exceso sí tributa.
Para los autónomos en módulos en zonas afectadas, se mantiene una reducción del 25% adicional sobre el rendimiento neto, además del 5% general de 2024, y también se aplica al IVA en régimen simplificado.
Excepcionalmente se permite a estos autónomos renunciar al régimen de módulos en la declaración 2024, optando por estimación directa simplificada, sin necesidad de cumplir los requisitos formales habituales.
Devolución a mutualistas: nuevo sistema en 2025
Los mutualistas jubilados que tienen derecho a la devolución del IRPF deberán estar atentos a los cambios normativos anunciados por Hacienda, ya que podrán solicitar toda la cantidad que les corresponde en un único pago durante 2025.
Inicialmente, la reforma fiscal contemplaba que estas devoluciones debían pedirse de forma fraccionada, es decir, año a año entre 2025 y 2028, por los importes abonados de más en los ejercicios fiscales de 2019 a 2022, tal como establecía una sentencia del Tribunal Supremo.
Hasta ese momento, los mutualistas podían reclamar la totalidad de lo pagado en exceso con una sola solicitud dirigida a la Agencia Tributaria. Sin embargo, el nuevo procedimiento previsto en la reforma limitaba esta opción, obligando a presentar una declaración por cada año afectado dentro del calendario correspondiente.
Finalmente, tras la presión de organizaciones de mutualistas, sindicatos y socios del Gobierno, Hacienda ha decidido volver a permitir que la devolución se realice de una sola vez, aunque todavía no ha definido públicamente cómo será el nuevo proceso administrativo para hacerlo efectivo.
Atención especial a mayores de 65 años
En colaboración con la Plataforma de Mayores y Pensionistas (PMP), la Agencia Tributaria mantiene un plan especial de asistencia para mayores de 65 años con domicilio fiscal en pequeños municipios. Esta ayuda incluye la confección y presentación de declaraciones por teléfono o en oficinas, con atención personalizada.
Deducciones y beneficios fiscales en la renta 2025
Deducciones estatales vigentes
Entre las deducciones más importantes que se mantienen en la renta 2025 destacan:
- Obras de eficiencia energética en viviendas
- Adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible
- Instalación de puntos de recarga para coches eléctricos
- Deducciones por donaciones a ONGs
Además, se amplían los beneficios fiscales para donaciones a ONGs. Ahora los primeros 250 euros donados podrán deducirse en un 80% (antes solo 150 euros), y para importes superiores, la deducción pasa del 35% al 40%, pudiendo llegar hasta el 45% si se dona a la misma entidad durante varios años consecutivos.
Recuerda que también tienes inversiones que puedes desgravarte en la Renta 2024 - 2025, así como ciertos gastos de fondos de inversión que son desgravables.
Calendario de la Renta 2024 - 2025
Este es un resumen rápido del nuevo calendario para presentar la declaración de la Renta en 2025:
- 19 de marzo: disponibles los datos fiscales en la Agencia Tributaria.
- 2 de abril: inicio de la presentación de declaraciones por Internet.
- 6 de mayo - 30 de junio: presentación por teléfono (cita previa desde el 29 de abril).
- 2 de junio - 30 de junio: atención presencial en oficinas de Hacienda (cita previa desde el 29 de mayo).
- 25 de junio: último día para presentar declaraciones con domiciliación bancaria.
- 30 de junio: fin de la campaña de la renta 2024-2025.
Tienes más información en este artículo: Calendario de la Renta 2024: ¿cuándo hacer la declaración en 2025? Fechas clave
Este contenido se ha elaborado bajo un criterio editorial y no constituye una recomendación ni propuesta de inversión. La inversión contiene riesgos. Las rentabilidades pasadas no son garantía de rentabilidades futuras.
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