¿Cómo ahorrar en tu declaración de la Renta? Las 25 claves de los economistas que no debes ignorar

¿Cómo ahorrar en tu declaración de la Renta? Las 25 claves de los economistas que no debes ignorar

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Rubén Gimeno, Agustín Fernández, Miguel Ángel Vázquez, Carmen Jover y Raquel Jurado, en una rueda de prensa en el Consejo General de Economistas. // Fuente: CGE.

La declaración de la Renta 2025-2026 ya está en marcha y, como cada año, los errores más frecuentes no vienen de operaciones complejas, sino de descuidos cotidianos de los ciudadanos a la hora de realizar este trámite que acaban costando dinero.

En este artículo, te traemos las recomendaciones del Consejo General de Economistas para esta campaña: desde cómo revisar el borrador hasta incluir algunas deducciones que la mayoría de contribuyentes pasa por alto.

Lo primero: comprueba si estás obligado a declarar

Antes de entrar en los detalles, los expertos del Consejo General de Economistas recuerdan que no todo el mundo está obligado a presentar la declaración. El umbral principal para rendimientos del trabajo es de 22.000 euros brutos anuales de un solo pagador o de 15.876 euros si los ingresos proceden de dos o más pagadores.

Ahora bien, no se estará obligado siempre que los del segundo pagador y siguientes no superen en conjunto los 1.500 euros. Si solo obtienes rendimientos del trabajo, del capital o de actividades económicas, tampoco estás obligado a declarar.

Solo estás obligado si las ganancias patrimoniales superan los 1.000 euros o, en su defecto, las pérdidas son superiores a 500 euros.

Hay una excepción importante. Los beneficiarios del ingreso mínimo vital están siempre obligados a presentarla, aunque dicho ingreso esté exento. Ahora bien, pese a no estar obligado a presentarla, en algunos casos conviene hacerlo ya que el resultado puede salir a devolver.

Por ejemplo, un estudiante que haya cotizado en el año 2025 y no esté obligado a declarar al no haber llegado al mínimo, puede presentar la declaración de la Renta y cobrar las retenciones de IRPF que se le hayan aplicado.

Revisa el borrador antes de confirmarlo: estos son los puntos críticos

El borrador de la Renta que facilita la Agencia Tributaria no siempre está completo ni es correcto. Los economistas insisten en revisar, al menos, estos aspectos antes de confirmarlo:

  • Circunstancias personales y familiares: estado civil, número de hijos, lugar de residencia. Si alguno cambió en 2025, el borrador puede no reflejarlo.
  • Cuentas bancarias compartidas: si eres cotitular de una cuenta pero no generas los ingresos que la nutren, no imputas ningún rendimiento del capital mobiliario, aunque la Administración asigne la mitad a cada titular.
  • Calificación de retribuciones por cursos o conferencias: el pagador puede haberlas declarado como rendimientos de actividades profesionales cuando en realidad son rendimientos del trabajo, o al revés. Compruébalo.
  • Declaraciones de años anteriores: revisa si arrastras pérdidas patrimoniales, rendimientos negativos del capital mobiliario o bases liquidables negativas de los últimos cuatro ejercicios. Puedes aprovecharlos para compensar las ganancias de 2025.

Deducciones que los contribuyentes suelen pasar por alto

El Consejo General de Economistas alerta de que muchas deducciones se quedan sin aplicar por desconocimiento. Estas son las principales:

Vehículo eléctrico y punto de recarga

Si adquiriste un vehículo eléctrico nuevo en 2025, puedes aplicar una deducción del 15% sobre un máximo de 20.000 euros. Además, existe otra deducción del 15% (hasta 4.000 euros) por la instalación de un punto de recarga. El vehículo no puede ser "kilómetro cero", no puede superar ciertos límites de precio y la base de la deducción excluye los importes subvencionados. Solo puede aplicarla el titular al que esté matriculado.

Mejoras de eficiencia energética en la vivienda

Si realizaste obras de mejora de la eficiencia energética en tu vivienda habitual (o en una alquilada que sea la residencia habitual del inquilino), existen tres deducciones posibles, aunque no son simultáneas. Requisito imprescindible: disponer de dos certificados de eficiencia energética expedidos por un profesional, uno anterior a la obra y otro posterior.

Cuotas sindicales y colegios profesionales

Las cuotas satisfechas a sindicatos y a colegios profesionales son deducibles como gasto de los rendimientos del trabajo. En este segundo caso, siempre que la colegiación sea obligatoria para ejercer la profesión.

Donativos

Comprueba en los datos fiscales si aparecen todos los donativos realizados durante 2025 y asegúrate de si son recurrentes, ya que la bonificación es mayor. Revisa también si tu comunidad autónoma ofrece deducciones adicionales por este concepto.

Deducciones autonómicas

Los economistas hacen especial hincapié en este punto: las deducciones autonómicas son las más olvidadas. Según tu comunidad, puedes tener derecho a deducciones por adquisición de libros de texto, enseñanza de idiomas, gastos de gimnasio, animales de compañía o compra de gafas y lentillas. Si no las consignas, estás regalando dinero a Hacienda.

Situaciones especiales que requieren atención

Trabajos realizados en el extranjero

Si en 2025 trabajaste fuera de España, puedes dejar exenta la parte del salario correspondiente a los días trabajados fuera, con un máximo de 60.100 euros, siempre que se cumplan los requisitos legales. Si tu empresa no aplicó esta exención y retuvo por la totalidad del salario, deberás descontar manualmente esa parte en tu declaración. Conserva toda la documentación que acredite los desplazamientos.

Venta de la vivienda habitual

La ganancia patrimonial obtenida por la venta de tu vivienda habitual puede quedar exenta si reinviertes el importe en una nueva vivienda habitual. Dispones de dos años para hacerlo. Si aún no has comprado pero tienes intención, marca la casilla correspondiente en la declaración. El coste de la nueva vivienda puede financiarse con deuda.

Operaciones a plazos

Si transmitiste algún activo en 2025 y el último pago vence más de un año después de la venta, valora acogerte a la regla especial de operaciones a plazos. Puedes declarar la renta según sean exigibles los cobros, lo que te permite diferir la tributación y tributar a un marginal inferior.

Bonus y reducción del 30%

Si recibiste un bonus generado en más de dos años y deseas aplicar la reducción del 30%, ten en cuenta que no podrás aplicarla si en los cinco ejercicios anteriores ya la usaste por un rendimiento de similares características. No obstante, si prefieres aplicarla en 2025, puedes presentar una autoliquidación complementaria para eliminar la reducción aplicada el año anterior y trasladarla a este ejercicio.

Alquiler de vivienda habitual

Si tu inquilino destina el inmueble a vivienda habitual, puedes aplicar una reducción del 50% en los rendimientos, siempre que el contrato sea posterior al 26 de mayo de 2023. Atención: esta reducción solo se aplica sobre los rendimientos declarados voluntariamente. Si la Administración te regulariza por no haberlos declarado, perderás la reducción y pagarás por la totalidad.

Mínimos familiares: claves para no perder la deducción

Mínimo por descendientes

Si convives con un hijo menor de 25 años que va a presentar declaración, ten en cuenta que si ese descendiente tiene rendimientos superiores a 1.800 euros, ya no podrás aplicar el mínimo por descendientes. En ese caso, haz números: puede interesar que los padres abonen al hijo la cantidad que le sale a devolver para conservar el mínimo, que en el peor de los casos supone un ahorro fiscal de 456 euros.

Custodia compartida y separación

En custodia compartida, el mínimo familiar se prorratea entre los cónyuges con independencia de con quién convivan los hijos. Si la custodia no es compartida, el mínimo corresponde por entero a quien la tenga. Sin embargo, si el cónyuge no custodio no paga pensión por alimentos por resolución judicial, puede aplicar el 50% del mínimo por descendientes.

Mínimo por ascendientes

Si alguno de tus padres ha convivido contigo durante 2025, puedes aplicar el mínimo por ascendientes. La norma exige una convivencia mínima de 183 días, lo que en la práctica significa que solo uno de los hijos puede aplicarlo cada año. Si sois varios hermanos con derecho, lo más eficiente es acordar quién lo aplica cada ejercicio.

Declaración individual o conjunta: cuándo conviene cada opción

La declaración conjunta suele interesar principalmente cuando uno de los cónyuges obtiene rentas muy bajas (hasta 3.400 euros). Sin embargo, también puede convenir si algún miembro de la unidad familiar arrastra saldos negativos de ejercicios anteriores, ya que permite compensarlos con mayor eficiencia al agregar rentas.

Si uno de los cónyuges reside en un país de la Unión Europea, no es posible presentar declaración conjunta, pero el cónyuge residente en España puede aplicar una deducción que equipara su cuota a la que hubiera correspondido si todos los miembros de la unidad familiar fueran residentes fiscales en España.

En caso de separación o divorcio, para presentar declaración conjunta con los hijos menores debe existir un acuerdo previo entre los progenitores. Sin ese acuerdo, todos deberán tributar individualmente.

Contribuyentes fallecidos en 2025

Los herederos de un contribuyente fallecido en 2025 deben incluir en la declaración todas las rentas pendientes de imputar: ganancias de operaciones a plazo, ayudas fraccionadas en cuatro años, etc. Además, si la declaración sale a ingresar, no deben domiciliar el cargo en una cuenta de los herederos: la entidad bancaria podría rechazarlo por no coincidir el contribuyente con el titular, lo que provocaría el apremio de la deuda.

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Este contenido se ha elaborado bajo un criterio editorial y no constituye una recomendación ni propuesta de inversión. La inversión contiene riesgos. Las rentabilidades pasadas no son garantía de rentabilidades futuras.


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