¿Puedo rescatar parte del P. de Pen? En caso afirmativo, ¿puedo volver a rescatar por partes? Incap.Perm.grado Absoluta.

¿Puedo rescatar parte del P. de Pen? En caso afirmativo, ¿puedo volver a rescatar por partes? Tengo incapacidad permanente de grado absoluta.
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Jose Trecet
Jose Trecet responde:
La incapacidad laboral es uno de las situaciones en las que se puede rescatar el plan de pensiones antes de tiempo -aquí puedes ver todas
https://www.finect.com/blogs/planes-de-pensiones/articulos/Como_puedo_rescatar_mi_plan_de_pensiones_antes_de_tiempo
- . En concreto, el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones contempla que podrás acceder a tu plan de pensiones en caso de:

  • Incapacidad permanente total para la profesión habitual.
  • Incapacidad permanente absoluta para todo trabajo.
  • Gran invalidez.
A partir de ahí puedes escoger rescatar el plan de pensiones como consideres oportuno. Es decir, puedes recuperar una parte como capital y después ir cobrando el resto en forma de renta. Al planificar el rescate no pierdas de vista la parte fiscal, porque existen enormes diferentes, como explicamos en este artículo
https://www.finect.com/blogs/planes-de-pensiones/articulos/como_rescatar_tu_plan_de_pensiones_y_evitar_el_hachazo_fiscal_de_hacienda
.

También debes tener en cuenta que una vez rescates el plan ya no podrás seguir haciendo aportaciones a ese o cualquier otro plan.
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