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Jubilación: ¿dónde puedo invertir mi dinero?
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Jubilación: ¿dónde puedo invertir mi dinero?

Los últimos meses del año nos solemos acordar de los planes de pensiones y de las aportaciones que todavía no hemos realizado. Pensar en la recta final del año nos hace reflexionar sobre nuestros ahorros y mirar hacia el futuro: ¿estoy planificando correctamente mis finanzas para la jubilación?

Responder a esta pregunta debería ser el primer punto de partida de cada ahorrador que se preocupa por su dinero para cuando deje de trabajar. Cada vez hay más incertidumbre con el sistema público de pensiones de la Seguridad Social y aunque lo cierto es que se va a mantener, la realidad es que la pensión pública que vamos a recibir se va a ir reduciendo con los años, lo que nos lleva a tener que mirar hacia el ahorro privado para complementar la pensión pública.

Lo primero que debemos tener en cuenta es que existe un amplio abanico de productos financieros -desde los planes de pensiones hasta las rentas vitalicias-, que nos van a permitir planificar y gestionar nuestro ahorro.

Si quieres saber más descarga aquí la Guía Abante: "La jubilación más que un plan de pensiones"

¿Cómo escojo el mejor producto de inversión?

Al pensar en dónde invertimos nuestro dinero para la jubilación, tenemos que hacer un ejercicio de planificación financiera para escoger el producto que mejor se adapte a nuestras necesidades y nos permita financiar nuestro nivel de vida durante la jubilación. Por ello, hay que tener claro cuándo y cómo queremos jubilarnos, qué queremos hacer durante esa etapa, cuánto podemos -y cuánto debemos- ahorrar, para así saber qué rentabilidad tenemos que pedirle a los mercados y qué riesgo podemos asumir.

Una vez definidos nuestros objetivos y nuestro plan financiero para la jubilación, toca pensar en los productos de inversión y aquí, la gran mayoría pensamos en los planes de pensiones, que son productos de previsión social que pueden ser individuales, de asociados (lo promueve una asociación o un colegio profesional) o de empleo (lo promueve una empresa para sus empleados).

¿Tengo que pagar impuestos por mi plan de pensiones? Los planes de pensiones gozan de una serie de ventajas fiscales: en las aportaciones nos podemos deducir cada año hasta 8.000 euros -el límite fiscal es la menor de estas dos cantidades: 8.000 euros o el 30% de nuestros rendimientos del trabajo-, de forma que diferimos el pago del impuesto, hasta el momento del rescate, cuando hay que tributar por la totalidad del dinero que retiremos como rentas del trabajo. Además, aquí conviene tener en cuenta que, si somos partícipes de un plan de pensiones podemos traspasar nuestros derechos consolidados a otro plan sin tener que pagar impuestos por ello.

Por otro lado, hay que recordar que los planes de pensiones los podemos rescatar cuando se dan las siguientes contingencias: jubilación, fallecimiento, dependencia o incapacidad, y cuando se cumplen los siguientes supuestos excepcionales de liquidez: enfermedad grave, paro de largo duración y a partir del 1 de enero de 2025, cuando las aportaciones tengan una antigüedad mínima de 10 años. Y en cuanto a la forma, el plan de pensiones permite realizar el rescate en forma de renta, de capital o mixta.

Más allá del plan de pensiones

Otro producto para invertir para la jubilación, muy similar al plan de pensiones, es el plan de previsión asegurado (PPA), que es un tipo de seguro de vida ahorro que tributa exactamente igual que el plan de pensiones -beneficios fiscales incluidos-, y que se puede rescatar por las mismas contingencias y supuestos excepcionales de liquidez. La única diferencia viene porque, por ley, los PPA ofrecen una rentabilidad mínima garantizada en el momento del vencimiento.

También tenemos que hablar del plan de ahorro sistemático (PIAS), que busca construir un capital para la jubilación en un plazo mínimo de cinco años y que puede ser con rentabilidad mínima garantizada -para inversores más conservadores- y tipo United Linked, sin rentabilidad garantizada.  En cuanto a la fiscalidad, hay que recordar que en los PIAS la rentabilidad que se acumula hasta el rescate está exenta de tributación, siempre que se realice en forma de renta vitalicia. Además, hay que saber que son líquidos a partir del quinto año de vida y que tienen un límite de 8.000 euros en las aportaciones anuales y de 240.000 euros durante toda la duración del producto.

Otro vehículo de ahorro para la jubilación es el plan de ahorro 5 (PA5), que puede adoptar la forma de cuenta de ahorro (CIALP) o de seguro (SIALP). Garantiza el 85% del capital, por lo que está pensado para los inversores que buscan asumir menos riesgo y tienen objetivos de rentabilidad similares a la inflación. Solo permite aportar un máximo de 5.000 euros al año y es líquido a partir del quinto año. La rentabilidad que se genere durante ese periodo no tributa.

Por último, encontramos las rentas vitalicias, que incluyen el capital aportado más el pago de interés. Son una modalidad de seguro de vida ahorro en la que la aseguradora garantiza una renta periódica al asegurado, a cambio de una prima única. Las rentas vitalicias pueden ser inmediatas o diferidas y, al convertir una cantidad de dinero en un pago periódico de por vida, ayudan a que el inversor dosifique su ahorro.

 

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