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Novedades fiscales: operaciones antes del 1 de enero de 2010

Novedades fiscales: operaciones antes del 1 de enero de 2010

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Esta mañana he recibido esta información de EFPA por email y me ha parecido muy interesante para compartir con la comunidad. Antes de que acabe el año, seguro que todavía se pueden hacer cosas para mejorar la fiscalidad en nuestras inversiones. Ahí va eso. 

"Ante la proximidad del  cierre del ejercicio fiscal de  2009, y en cuanto al IRPF se refiere, recordamos a continuación algunas de las acciones que se pueden realizar para  rebajar  su  coste: 

 

·                       Aportaciones  a los  planes de pensiones, a los  planes de previsión social empresarial y a las primas satisfechas  a seguros privados  que cubran exclusivamente el  riesgo de dependencia severa o gran dependencia, con el límite máximo conjunto deducible de  la menor de las siguientes cantidades : 10.000 € anuales o el 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos individualmente en el ejercicio, si tiene hasta 50 años. El límite para contribuyentes mayores de 50 años es de 12.500 € o el 50%.  

 

·                       Aportaciones  a una  cuenta vivienda,   en el caso que vaya a construir, adquirir o rehabilitar su primera vivienda habitual en los próximos 4 años, pudiendo deducir el 15% de las aportaciones, con un límite de 9.015 € anuales (según CCAA). 

 

·                       Amortización anticipada de la  hipoteca   o préstamo destinado a la adquisición de la vivienda habitual, con el límite conjunto junto a la aportación a cuenta vivienda de 9.015 €. 

 

·                       Aportaciones  a  una  cuenta ahorro – empresa en el caso que tenga previsto montar un negocio antes de 4 años (Sociedad Nueva Empresa), pudiendo deducir el 15% de las aportaciones, con el límite de 9.000 € anuales.  

 

·                       Si ha comprado su  vivienda  con dinero prestado por un familiar y quiere aprovechar la deducción por vivienda,  no olvide documentar la operación, por ejemplo con un contrato privado y la autoliquidación por el Impuesto sobre Transmisiones que está exento de pago.  

 

·                       Si es propietario y tiene   previsto alquilar un piso , recuerde que si se utiliza  como vivienda, y no como oficina, tendrá derecho a una  reducción del  50%  del rendimiento neto obtenido, y del  100%, cuando el arrendatario tenga una edad comprendida entre 18 y 35 años y unos rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas en el período impositivo superiores al IPREM. 

 

·                       Además señalar que está previsto que las viviendas  que se compren a   partir del 01-01-2011 pierdan la posibilidad de deducir por inversión en vivienda habitual para las bases imponibles que superen los 24.107 €. La deducción se mantiene para las bases inferiores a 17.707 € y se gradúa hasta los 24.107 €.   

 

·                       Si por la  transmisión de acciones cotizadas y fondos de inversión pudiera obtener beneficios, puede ser interesante vender antes de acabar el año, puesto que la reforma fiscal prevista para 2010  prevé  aumentar los tipos que gravan las plusvalías, tributando al 19% para los 6.000 primeros euros y al 21% para el resto. Esta medida es interesante, sobe toda si la cartera arroja pérdidas. 

 

  En cuanto a la  distribución de dividendos de una sociedad, les informamos que a partir de 2010 está previsto que aumente el tipo de gravamen para la cuantía que exceda de la cantidad exenta de 1.500 €, en los nuevos porcentajes del apartado anterior. Los supuestos en que no puede aplicarse la exención no han variado. Es por ello que puede resultar interesante (p.ej. en empresas familiares) anticipar el reparto de dividendos (a cuenta) a Diciembre de este año".

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