La CNMV adopta cinco directrices del Reglamento MiCA para reforzar la supervisión de criptoactivos

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El presidente de la CNMV, Carlos San Basilio. Foto: EP

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha notificado este martes a la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) la adopción de cinco directrices clave relacionadas con la aplicación del Reglamento MiCA (Markets in Crypto-Assets). Esta normativa tiene previsto regular el mercado de criptoactivos en la Unión Europea.

Según ha comunicado el supervisor bursátil, las directrices entran en vigor con carácter inmediato y serán tenidas en cuenta en el ejercicio de sus funciones de supervisión. Asimismo, vigilará que las entidades sujetas a estas normas las apliquen correctamente.

Entre los aspectos más relevantes, la CNMV ha adoptado directrices sobre los requisitos de idoneidad y el formato del estado de cuentas periódico para actividades de gestión de carteras, en línea con los principios ya establecidos por MiFID. Estas pautas buscan garantizar que las entidades evalúen adecuadamente a los inversores en criptoactivos, informen sobre el objetivo y alcance, comprendan a sus clientes y los productos ofrecidos.

En paralelo, la CNMV ha incorporado directrices sobre procedimientos y políticas para la prestación de servicios de transferencia de activos, incluyendo aspectos como la información previa al cliente, los detalles de las transferencias, plazos de ejecución, causas de rechazo o suspensión, y la responsabilidad en casos de operaciones no autorizadas.

Otro de los documentos adoptados establece criterios para la clasificación de criptoactivos, ofreciendo a los emisores plantillas y diagramas de flujo para determinar si el instrumento entra dentro del ámbito de aplicación del MiCA y, en ese caso, identificar si se trata de una ficha referenciada a un activo, una ficha de dinero electrónico o un criptoactivo distinto.

La CNMV también ha asumido directrices sobre la captación de clientes por parte de empresas de terceros países, definiendo cuándo se considera que una entidad extranjera está actuando dentro de la UE. Además, se incluyen mecanismos para detectar y prevenir posibles elusiones de la normativa mediante captación inversa.

Por último, se han incorporado directrices para establecer normas de seguridad en el acceso a sistemas y protocolos por parte de emisores o solicitantes de negociación de criptoactivos, exceptuando las fichas referenciadas a activos y las fichas de dinero electrónico.

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Este contenido se ha elaborado bajo un criterio editorial y no constituye una recomendación ni propuesta de inversión. La inversión contiene riesgos. Las rentabilidades pasadas no son garantía de rentabilidades futuras.


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