El Banco de España deja de registrar empresas de criptomonedas este lunes por la entrada en vigor de MiCA

El Banco de España deja de registrar empresas de criptomonedas este lunes por la entrada en vigor de MiCA

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La CNMV asumirá esta función a partir de ahora

El Banco de España ha cesado este lunes su labor de inscripción de nuevas empresas de servicios de criptomonedas, coincidiendo con la entrada en vigor del Reglamento sobre criptoactivos (MiCA) en la Unión Europea. Este cambio marca el inicio del periodo de transición en España para implementar la normativa.

A partir de ahora, será la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) la encargada de autorizar y supervisar a las empresas del sector en España. Alternativamente, las compañías también podrán recibir autorización de otra autoridad europea y operar en el país con un pasaporte europeo.

El reglamento MiCA, que entra en vigor este 30 de diciembre, permite a los Estados miembros un periodo transitorio de hasta 18 meses. Sin embargo, España ha optado por un plazo de 12 meses, que concluirá el 30 de diciembre de 2025.

Hasta la fecha, el Banco de España había gestionado un registro creado en 2021 en el marco de la ley de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo. Este registro, que cuenta con más de 130 empresas inscritas, seguirá existiendo para verificar entidades previamente registradas, aunque ya no aceptará nuevas inscripciones.

Periodo de transición

La CNMV ha emitido recientemente comunicados dirigidos tanto al sector como a los inversores, detallando las implicaciones del periodo transitorio. Según este organismo, podrán acogerse a este régimen las entidades que ya prestaban servicios de criptomonedas antes de la entrada en vigor de MiCA y que cumplan con la normativa vigente en España.

Empresas inscritas en el registro del Banco de España podrán continuar operando sin necesidad de autorización adicional hasta el 30 de diciembre de 2025, o hasta que se resuelva su solicitud de inscripción en el registro de proveedores regulado por MiCA.

En cambio, las entidades que no cumplan con estos requisitos no podrán acogerse al periodo transitorio. Aquellas que operen sin autorización podrán ser sancionadas e incluidas en la lista de la CNMV de entidades no autorizadas, conocida como la ‘lista negra’.

Asimismo, los proveedores de servicios actualmente en la ‘lista gris’ de la CNMV serán eliminados de esta clasificación si logran la autorización de MiCA en cualquier Estado miembro.

Requisitos de inscripción en la CNMV

Las empresas que ya figuren en el registro del Banco de España solo deberán realizar una notificación para continuar operando, mientras que las nuevas compañías deberán completar todo el proceso de inscripción.

Para facilitar esta transición, la CNMV ha puesto a disposición de las empresas un manual y un modelo de notificación. Además, recomendó en julio que las entidades interesadas solicitaran reuniones con su equipo antes de presentar la documentación formal.

Alerta a los inversores

La CNMV también ha advertido a los inversores que, aunque MiCA introduce protecciones regulatorias, estas no alcanzan el nivel de las que se aplican a los instrumentos financieros tradicionales, como las acciones.

En particular, los criptoactivos no estarán respaldados por un sistema de indemnización similar al fondo de garantía de inversiones en España. "Si el proveedor de servicios de criptoactivos no puede devolverlos, no hay una red de seguridad", subraya la CNMV.

Además, a diferencia de los servicios de inversión tradicionales, MiCA no exige que los proveedores evalúen si los clientes comprenden los productos que desean adquirir.

La CNMV recomienda a los inversores verificar la lista de ‘chiringuitos financieros’ antes de operar con cualquier entidad y destaca que durante el periodo transitorio coexistirán proveedores regulados bajo MiCA y aquellos que operan bajo el régimen de transición.


Este contenido se ha elaborado parcialmente con inteligencia artificial, bajo un criterio editorial y no constituye una recomendación ni propuesta de inversión. La inversión contiene riesgos. Las rentabilidades pasadas no son garantía de rentabilidades futuras.


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