Abante Asesores
Abante Asesores
¿Cómo tributan en la renta las cuentas y los depósitos?
Enviar mensaje
Espacio patrocinado

¿Cómo tributan en la renta las cuentas y los depósitos?

Me gusta
Comentar
Compartir
 

Los impuestos –y también la inflación– afectan directamente a la rentabilidad de nuestras inversiones y para lograr que nuestros ahorros no se erosionen, debemos tenerlos en cuenta cuando las planifiquemos. El rendimiento que obtenemos con un producto, como puede ser un depósito, un fondo de inversión, unos bonos del Tesoro o unas acciones, se ve reducido por los impuestos que pagamos por lo que ganamos.

Todos los productos financieros, excepto los planes de pensiones, planes de previsión asegurados (PPA), seguros de dependencia y algunos seguros colectivos, tributan en la base del ahorro como rendimientos del capital mobiliario o ganancias o pérdidas patrimoniales.

Los rendimientos del capital mobiliario son las rentas procedentes de elementos patrimoniales, bienes o derechos de naturaleza mobiliaria de los que es titular el contribuyente y que no están afectos a actividades económicas, como, por ejemplo, cuando recibimos intereses por un depósito o dividendos por unas acciones.

Y las ganancias patrimoniales son las variaciones en el valor del patrimonio del contribuyente cuando se cambia la composición de este, si la renta no está sujeta a impuesto por otro concepto.

A lo largo de las próximas semanas repasaremos en este blog la fiscalidad de algunos de los productos financieros, comenzando por las cuentas y los depósitos.

Los intereses que los clientes reciben por el dinero que tienen en cuentas corrientes y depósitos son rendimientos del capital mobiliario en el IRPF y se integran por el importe íntegro (recibido + retención) en la base del ahorro en la declaración de la renta. No se pueden deducir los gastos, salvo que estén relacionados con actividades económicas y los intereses están sujetos a una retención del 19%.

En este punto, conviene aclarar el concepto de retención: es el anticipo a Hacienda por las rentas obtenidas en el ejercicio. Por tanto, cuando se hace la declaración de la renta (entre abril y junio del año siguiente), el contribuyente tiene derecho a deducirlas del total. Si el importe de la retención es mayor que lo que debemos pagar, Hacienda nos devolverá el exceso y al revés. 

Guía "Productos financieros en el IRPF"

La rentabilidad de tus inversiones depende de sus impuestos.Para ayudarte a tomar las mejores decisiones financieras, hemos elaborado "Productos financieros en el IRPF". Descargar guía

       
0 ComentariosSé el primero en comentar
User