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Renta 2017: todas las fechas clave y las novedades de esta campaña
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Renta 2017: todas las fechas clave y las novedades de esta campaña

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La campaña de la renta correspondiente al ejercicio 2017 arranca el próximo 4 de abril y se prolongará hasta el 2 de julio. Ese es el último día que la Agencia Tributaria da al contribuyente para presentar la declaración, ya se haga de manera presencial o a través de la web, o, incluso si se realiza desde el móvil o una tablet, mediante la aplicación que, como novedad, se ha puesto en marcha este año.

Como regla general, todas las personas residentes en España que obtienen rentas sujetas al impuesto del IRPF tienen la obligación de declararlas. Aunque, eso sí, existen unos mínimos por debajo de los cuales los contribuyentes estarían exentos de hacer la declaración. Así, si el contribuyente gana menos de 22.000 euros brutos anuales no está obligado a presentar la declaración, siempre que sus rentas procedan de un solo pagador. En cambio, cuando su salario viene de dos o más pagadores, el límite se sitúa en los 12.000 euros brutos al año.

Además, tampoco están obligados a realizar este trámite todos aquellos que solo hayan recibido rendimientos de capital mobiliario y ganancias patrimoniales –con retención o ingreso a cuenta-, hasta una cuantía de 1.600 euros. A esta lista de exentos, también hay que sumar a las personas que únicamente han tenido rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos de Letras del Tesoro y subvenciones para adquisición de viviendas de protección oficial, con un límite conjunto de 1.000 euros anuales.

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Asimismo, no tienen que hacer la declaración todos aquellos que hayan obtenido rendimientos del trabajo, de capital o de actividades económicas, o ganancias patrimoniales que, de forma conjunta, no superen los 1.000 euros, ni los que solo han registrado pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros. No obstante, aunque no resulten obligados a declarar, todos los contribuyentes que tengan derecho a recibir una devolución tienen que confirmar el borrador o presentar la declaración para poder obtener dicha devolución.

Así, a poco más de 15 días para que comience la campaña, os detallamos, a continuación el calendario con las fechas clave a tener en cuenta:
 

-Desde el 15 de marzo ya se pueden solicitar los datos fiscales y el número de referencia.  Además, y como novedad en esta campaña, desde ayer los contribuyentes se pueden descargar la aplicación móvil para solicitar la información y presentar la declaración desde un clic mediante un smartphone o una tablet.

-El día 4 de abril comienza el plazo para las presentaciones de la declaraciones vía online. Desde ese día se puede pedir y confirmar el borrador por internet, si es correcto.

-Los que quieran presentar la declaración por cualquier otro medio, lo podrán hacer a partir del día 10 de mayo.

-El 27 de junio finaliza el plazo para presentar las declaraciones con domiciliación bancaria.

-El 2 de julio concluye la campaña de la renta 2017.

¿Qué novedades trae a declaración de esta campaña?

La principal novedad de esta campaña es que, desde ayer, los contribuyentes se pueden descargar la aplicación móvil de la Agencia Tributaria. La nueva app, para móviles y tabletas, se puede descargar en todos los dispositivos que tengan sistema iOS o Android, y con ella, los usuarios ya pueden solicitar y almacenar el número de referencia, consultar los datos fiscales y desde el 4 de abril podrán presentar la declaración.

Desde Hacienda calculan que serán cerca de cinco millones los contribuyentes que van a hacer uso de la aplicación, principalmente, todos aquellos que solo tengan que confirmar el borrador, ya que la app solo permite realizar las declaraciones que no requieran modificación. En caso de necesitar realizar cambios, la aplicación remitirá al usuario a la plataforma Renta Web (vigente desde que el año pasado desapareció el programa Padre).

Además, hay que destacar que este año Hacienda ha lanzado el servicio ‘Le llamamos’, para las declaraciones más complejas de los contribuyentes que perciban menos de 65.000 euros.

Otra de las novedades es que en esta campaña ya no se enviará el número de referencia para solicitar el borrador o la información fiscal mediante un SMS como se llevaba realizando hasta ahora. Cuando se solicite el número de referencia (con el número de identificación fiscal y el importe de la casilla 450 de la Renta 2016), este se verá directamente en la pantalla de Renta Web o en la app.

Con todo, y si una vez realizada la declaración sale a pagar, hay que tener en cuenta que el pago se puede fraccionar: se puede pagar un 60% en junio y el 40% restante en los 5 primeros días del mes de noviembre.

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