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La ventaja fiscal de los planes de pensiones en la aportación sí compensa el rescate
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La ventaja fiscal de los planes de pensiones en la aportación sí compensa el rescate

Los planes de pensiones son un producto de inversión para la jubilación con una ventaja fiscal clara, cuyo objetivo es ayudarnos a incrementar nuestro ahorro para esa etapa vital. Sin embargo, muchos ahorradores ponen en duda esta ventaja y es frecuente oír que “el dinero que te ahorras hoy con la aportación, lo pagas cuando lo rescatas”. Hacer unos números nos ayuda a comprobar que el ahorro fiscal tiene un impacto beneficioso y desterrar ideas preconcebidas. Vamos a verlo.

Para empezar, hay que tener claro que, aunque el ahorro impositivo es una ayuda importante, la decisión de invertir en un plan de pensiones no debe estar motivada únicamente por el beneficio fiscal de la aportación, sino que debemos tener en cuenta otros factores, como el plazo de nuestra inversión, nuestro objetivo de rentabilidad, etc. Y, sobre todo, debemos buscar la mejor gestión para nuestro ahorro para la jubilación.

Pero, teniendo esto claro, vamos a recordar cuáles son los beneficios (y límites) de los planes de pensiones y otros productos de previsión social, como los planes de previsión asegurados (PPA). En primer lugar, podemos traspasar nuestro dinero de un plan de pensiones a otro sin tributar, lo que nos permite buscar siempre el plan que más se adecua a nuestras necesidades sin que esto nos suponga un coste.

Respecto al beneficio fiscal en la aportación de los planes de pensiones y PPA (otros productos tienen ventajas en el rescate, como es el caso de los PIAS y los planes de ahorro 5, ya sea en forma de cuenta o de seguro): los planes de pensiones tributan en la base general en el IRPF, como las rentas del trabajo, y cuando hacemos una aportación, en la siguiente declaración de la renta nos podremos deducir esta cantidad hasta un límite; es decir, Hacienda nos devolverá parte de lo que ahorremos, en función de nuestro tipo impositivo.

Así, si durante el último ejercicio fiscal hemos aportado 1.000 euros a planes de pensiones y nuestro tipo marginal es del 19%, cuando presentemos la declaración de la renta, nos devolverán 190 euros. En el caso de que nuestro tipo marginal fuese el 30% nos devolverían 300.

Límites a las aportaciones

¿Y cuáles son los límites en las aportaciones a planes de pensiones? Por un lado, existe un límite financiero, que es la cantidad máxima que podemos aportar anualmente y es 8.000 euros. por otro, el límite fiscal es la cantidad que nos podemos deducir, independientemente de que podamos aportar más. Y este límite fiscal es la menor de las siguientes cantidades: 8.000 euros o el 30% de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas. Por ejemplo, si una persona gana 22.000 euros anuales, su límite fiscal serán 6.600 euros y no le interesará aportar por encima de esa cantidad, porque lo que lo supere no se lo puede deducir.

Estos límites se pueden superar en dos casos.

Cuando uno de los cónyuges no obtiene rendimientos netos del trabajo o actividades económicas, o si estos son inferiores a 8.000 euros anuales, el cónyuge que sí las obtiene puede hacer aportaciones al plan de pensiones del primero hasta un máximo de 2.500 euros anuales.

Y en el caso de las aportaciones a los planes de pensiones de personas con discapacidad, el límite conjunto es de 24.250 euros anuales, de los cuales la persona con discapacidad se puede deducir el total y sus familiares tienen un máximo de 10.000 euros anuales.

El ahorro fiscal, un extra para nuestra jubilación

Entonces, ¿cuánto ahorro invirtiendo en planes de pensiones? Como decíamos, depende de cada caso, ya que el ahorro está relacionado con nuestro tipo impositivo y nuestras rentas del trabajo y actividades económicas.

Por ejemplo, una persona que trabaja por cuenta ajena y tiene dos hijos menores de 25 años, que tenga unos ingresos de 60.000 euros anuales, si no invierte nada en planes de pensiones tendrá un tipo impositivo medio del 23,89%. En el caso de que decida aportar 4.000 euros anuales, como se puede desgravar esta cantidad de su base imponible del IRPF, la base liquidable general se reduce desde los 55.141 euros hasta los 51.141, con lo cual, Hacienda le devolverá con la declaración de la renta por esta inversión 1.510 euros. Si aportase 8.000 euros, el máximo, Hacienda le devolvería 2.966 euros.

“Ya, pero luego me va a tocar pagar eso mismo cuando lo rescate”. En primer lugar, lo habitual es que nuestro tipo impositivo sea más bajo cuando nos jubilamos que durante nuestra etapa laboral, porque, por lo general, la pensión es inferior al salario que estábamos cobrando. Y, en segundo lugar, aunque el tipo fuera el mismo, el hecho de que difiramos los impuestos a dentro de 15 o 20 años nos permite rentabilizar ese dinero que dejamos de pagar hoy (o, más bien, que Hacienda nos devuelve), invirtiéndolo de nuevo en el plan de pensiones o a través de algún otro producto, como un fondo de inversión, lo cual impulsa nuestro ahorro para la jubilación.

En el caso de este inversor que tiene unas rentas del trabajo de 60.000 euros anuales y que aporta 4.000 euros cada ejercicio, entre los 50 y los 67 años. Si invierte lo que le devuelve Hacienda cada año en un producto que le dé un 4% de rentabilidad media anual, habrá conseguido un extra cuando se jubile de 5.900 euros -suponiendo que rescate en forma de capital, que es el escenario más caro si no tiene la reducción del 40% que aplica a lo aportado antes del 31 de diciembre de 2006- gracias a haber invertido en planes de pensiones frente a la opción de haber invertido en otro producto de inversión con la fiscalidad del ahorro, como puede ser un fondo de inversión, con la misma rentabilidad. Si rescatase en forma de renta, su ahorro por haber invertido en un plan de pensiones y no en otro producto sin ventaja en la aportación será todavía mayor.

La comparativa entre ahorrar para la jubilación a través de planes y otros productos financieros, como acciones o bonos es incluso más beneficiosa para los planes de pensiones, porque en el caso de las acciones se pagan impuestos todos los años si recibimos dividendo y en el caso de los bonos por los cupones que recibimos.

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