Prestación por maternidad en el IRPF: quienes pueden reclamar y cómo hacerlo

Prestación por maternidad en el IRPF: quienes pueden reclamar y cómo hacerlo

Ser padre o madre es una experiencia única en la vida, un momento de felicidad incomparable pero también de mucho trabajo con las nuevas obligaciones. Para que los nuevos padres puedan adaptarse se crearon los permisos de maternidad y paternidad, un periodo en el que la Seguridad Social se hace cargo de los salarios de los progenitores. Es lo que se conoce como prestación por maternidad y paternidad, que tienen una cara B: tributan en el IRPF.

Cómo tributa la prestación por maternidad

Como son el permiso de maternidad y paternidad

Desde 2021 la baja por maternidad y paternidad tienen la misma duración: 16 semanas.

Hasta este año, la baja por paternidad era inferior a la de maternidad, aunque ha ido aumentando desde las 5 semanas a las que se amplió en 2018 hasta las 8 semanas de 2019 y las 10 semanas de permiso por ser padre en 2020. Finalmente, enb 2021 se han equiparado la baja por maternidad y paternidad en términos de duración.

Cómo se reparten las semanas del permiso

De las 16 semanas o 4 meses de baja, por lo menos 6 deben tomarse justo después del parto y de foma ininterrumpida. La madre puede adelantar un máximo de 4 semanas de baja por maternidad antes de dar a luz. 

¿Y las 10 semanas restantes? Se podrán repartir en periodos semanales a lo largo de los 12 meses siguientes al parto. Eso sí, en caso de que los dos progenitores se tomen toda la baja seguida, disfrutarán de una semana adicional de descanso.

A cuánto asciende y quien paga la baja por maternidad

Para poder acceder a la prestación por maternidad es necesario haber cotizado 180 días durante los siete años o un total de 360 en toda la vida laboral con carácter general, aunque no se exigirá ningún periodo cotizado si tienes menos de 21 años al ser madre. La cifra también se reduce a 90 días cotizados en los últimos 7 años o 180 días en total para madres entre 21 y 36 años.

Durante esos cuatro meses de baja por maternidad la madre cobrará el 100% de lo que la empresa cotice por ella y lo mismo ocurre con el padre. Lo más habitual es que esto sea el 100% del salario que venía percibiendo, pero puede haber excepciones en algunos casos. 

Los autónomos también pueden disfrutar de la baja por maternidad y paternidad. En este caso, la cuantía a percibir no dependerá de sus ingresos, sino de su base de cotización y más concretamente la base para bajas por incapacidad temporal para contingencias comunes. 

A modo de ejemplo, un autónomo que cotice por la base mínima y que pague la cuota mínima cobrará 36,9 euros al día de prestación por maternidad.

Cómo tributa la baja por maternidad

Los hijos ayudan a ahorrar en la renta, aunque en el caso de la baja por maternidad y por paternidad, eran ingresos hasta 2018. El motivo es que Hacienda consideraba que ese dinero tributaba en el IRPF y hasta 2018 no existía una interpretación legal unificada al respecto. Una sentencia del Tribunal Supremo despejó cualquier duda sobre la fiscalidad de la prestación por maternidad.

Y es que el Tribunal Supremo ha falló en contra del criterio de Hacienda, ratificando la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. De forma resumida, esta sentencia añade la prestación por maternidad a las rentas exentas de tributar en el IRPF como las prestaciones públicas por nacimiento, parto o adopción.

La clave en este punto es una diferencia de criterios de interpretación de la letra “h” del artículo 7 de la Ley de IRPF, que enumera las rentas exentas como las siguientes e incluye la siguiente redacción en los dos últimos párrafos:

“Igualmente estarán exentas las demás prestaciones públicas por nacimiento, parto o adopción múltiple, adopción, hijos a cargo y orfandad. También estarán exentas las prestaciones públicas por maternidad percibidas de las Comunidades Autónomas o entidades locales.”

Hacienda hace una interpretación literal del texto, diferenciando entre las prestaciones de las comunidades autónomas y de la Seguridad Social. Como estas últimas no se incluyen dentro del citado artículo, la AEAT entiende que esos pagos no pueden considerarse rentas exentas. Como ya habrás deducido, la baja por maternidad y paternidad la paga la Seguridad Social, de ahí que para Hacienda sea obligatorio incluirla en el IRPF.

La interpretación de Hacienda tenía varias consecuencias. La primera es que había que pagar dinero por la prestación por maternidad, al igual que por la deducción por maternidad de 100 euros al mes o 1.200 euros al año.

Bajo este criterio, el dinero de la baja por maternidad se sumaba a las rentas del trabajo y ahí llegaban las sorpresas para quienes no habían calculado adecuadamente la retención de IRPF.

El Tribunal Supremo ha fallado en contra de esta interpretación, dando al razón a la que en su día hizo el Tribunal Superior del Madrid, que estimaba exenta la prestación por maternidad “ya que ese precepto reconoce tal beneficio tributario, con carácter general, en su párrafo tercero y lo que hace en el párrafo cuarto es ampliar el beneficio fiscal a las prestaciones que tengan procedencia de otros entes públicos, ya sean locales o autonómicos”.

En este sentido, estima que la interpretación que realiza la AEAT de la regulación legal no es acertada y que la prestación por maternidad sustituye al salario del trabajador, por lo que no debe tributar. ¿Qué consecuencias tiene este cambio legal? Muchas y positivas, y no sólo para las personas que residente en Madrid.

La primera es que no hay que incluir el dinero de la prestación por maternidad en la renta. Al hacer el IRPF estos ingresos será como si no existiesen. 

Quienes pueden reclamar la devolución de la baja por maternidad en la renta

La sentencia abrió la puerta a pedir la devolución de ese dinero que se pagó en la renta y lo hace en todo el territorio nacional. Como explica Ana Romero, responsable de Desarrollo de Negocio en Labor10, se trata de una sentencia del Tribunal Supremo que, por lo tanto, tiene aplicación en todo el territorio, no sólo en Madrid.

Eso sí, el alcance de la sentencia no es ilimitado. De hecho, inicialmente sólo se puede reclamar la devolución desde la renta 2014 (la que hiciste en 2015). Con el paso de los años, los ejercicios por los que recalamar los impuestos de la prestación por maternidad han ido reduciéndose. La razón es que los ejercicios fiscales también prescriben. Al igual que Hacienda sólo tiene derecho a revisar tus declaraciones durante cuatro años, tú tampoco puedes reclamar nada de IRPF anteriores.

Actualmente, podrás reclamar el dinero de la baja por maternidad de la renta 2016, la que hiciste en 2017.

La sentencia también afecta a la baja por paternidad. En otras palabras, los padres también pueden reclamar la prestación por paternidad por esos 15 días que estuvieron de baja.

¿Y las trabajadoras autónomas? También podrán solicitar la devolución de la baja por maternidad, igual que los padres que compartieron la baja con la madre e incluso su propia baja por maternidad.

Cómo tributa la prestación por maternidad en Navarra

¿Es posible recuperar la prestación por maternidad en Navarra y País Vasco? Las dos comunidades cuentan con la fiscalidad transferida y su propia normativa, por lo que es normal que tanto vascos como navarros se hagan esta pregunta y se planteen si a ellos también les afecta la sentencia del Tribunal Supremo. 

La cosa cambia dependiendo de la comunidad y de la diputación de la que se trate. En el caso navarro, desde un primero momento Gobierno de Navarra indicó que la sentencia no aplicaba y que no había lugar para reclamar la deducción por maternidad, dado que la Ley Foral 22/2012 elimina claramente dicha exención. Es decir, para los contribuyentes navarros la prestación por paternidad y maternidad no está exenta de tributar

Sin embargo, sí que existe una deducción del 25% del importe de la prestación para quienes ganen menos de 30.000 euros.

Quienes tengan rentas superiores a 30.000 euros podrán aplicar una deducción del 25% menos el resultado de multplicar por 10 el exceso de rentas respecto a los 30.000 euros iniciales. 

Cómo tributa la prestación por maternidad en el País Vasco

En el País Vasco cada diputación puede interpretando la norma de manera diferente. Así es como lo hacen : 

- Vizcaya. La normativa foral de 13/2013 ya establece que las prestaciones públicas por maternidad y paternidad están exentas, algo que se ha mantenido. 

- Guipúzcoa. La Diputación guipuzcoana es la primera que ha empezó a devolver la prestación por maternidad, antes incluso que la Hacienda estatal. 

- Álava. Desde el 1 de enero de 2019 Álava también incluye las prestaciones por maternidad y paternidad como parte de la rentas exentas en el IRPF.

¿Cuánto puedo recuperar?

La cuantía concreta a devolver dependerá de cada caso en función del dinero que hayas cobrado y del resto de ingresos. Según los cálculos de la OCU para una prestación de 5.681 euros al año en la cantidad a devolver se situaría entre los 1.000 y los 2.600 euros. Esa primera cifra es la que está más cerca a lo que la mayoría podrá conseguir.

Cómo reclamar la devolución de la prestación

Hacienda lo ha puesto muy fácil esta vez, atendiendo al número de reclamaciones que prevé para recuperar la baja por maternidad en el IRPF.

El procesoes muy sencillo y empieza accediendo a la página web de la Agencia Tributaria. De hecho, ni siquiera es necesario aportar el certificado de la Seguridad Social con las prestaciones percibidas.

En la parte central superior de la página de la AEAT encontrarás un recuadro con el siguiente texto: Prestación maternidad y paternidad. Sentencia del Tribunal Supremo.

Una vez dentro estos son los pasos a seguir:

 1- Solicitar el número de referencia a través del programa RENO, tal y como se hace con el borrador de la renta. Para ello necesitarás tener a mano el contenido de la casilla 450 de la renta 2016, Clave PIN o certificado electrónico (igual que para acceder a Renta Web y hacer el IRPF). Si ya cuentas con DNI electrónico, Clave PIN o certificado electrónico de identificación, puedes saltar directamente al siguiente paso.

2- Acceder a "Solicitud Telemática". Con el número de referencia, DNI electrónico, certificado electrónico o con la Clave PIN podrás empezar la solicitud propiamente dicha.

3- Indicar los años en los que has percibido la prestación. 

4- Indicar la cuenta bancaria en la que quieres cobrar la devolución de la prestación por maternidad. Debe ser obligatoriamnete una cuenta en la que seas titular.

5- Firmar y entregar. 

Este es el proceso que se aplicará para las devoluciones de la baja por paternidad y maternidad en la renta 2014, 2015, 2016 y 2017. 

¿Merece la pena reclamar la devolución en el IRPF de la baja por maternidad?

¿Reclamo o no la prestación pública por maternidad en la renta? La respuesta ahora mismo es afirmativa.

La sentencia no supone un cambio legislativo, pero sí una doctrina legal que la Agencia Tributaria ha adelantado que “tomará en consideración”. En otras palabras, acatará este cambio a la hora de resolver reclamaciones y recursos.

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