La 'plusvalía del muerto': cómo funciona y cuándo se aplica
En resumen: la «plusvalía del muerto» es la regla del IRPF por la que, cuando alguien fallece, no se paga impuesto por la ganancia que acumulaban sus fondos, acciones, inmuebles u otros bienes. Los herederos toman como precio de compra el valor de esos bienes el día del fallecimiento, así que la revalorización anterior desaparece a efectos fiscales (aunque sí pagan Impuesto de Sucesiones). No se aplica a las donaciones en vida, y en los pactos sucesorios con efectos en vida se pierde si el beneficiario vende antes de cinco años o antes de que fallezca quien se lo dio.
Benjamin Franklin aseguraba que en este mundo sólo hay dos cosas seguras: la muerte y pagar impuestos. Además, ambas se juntan en el momento del fallecimiento cuando toca liquidar el Impuesto sobre Sucesiones. Si quieres evitar pagar más impuestos de la cuenta al heredar hay una figura que puede ayudarte: la plusvalía del muerto.
Si, además, después de leer este artículo crees que, como mucha gente, te vendría bien un asesor financiero o fiscal, que te ayude a gestionar tu patrimonio, aquí puedes encontrar uno cerca de ti que se adecúe a tus necesidades.
Qué es la plusvalía del muerto
La plusvalía del muerto consiste principalmente en la declaración que habría que hacer sobre las ganancias o pérdidas producidas en el patrimonio de una persona fallecida, al dejar en herencia esos determinado bienes posteriormente a su muerte.
Dicho de otra forma, es como se denomina a una regla fiscal especial que se aplica al heredar cualquier bien con ganancias acumuladas: fondos de inversión, acciones, inmuebles e inversiones similares.
Gracias a la plusvalía del muerto los herederos no tendrán que pagar impuestos por las ganancias acumuladas por fondos de inversiones. A efectos prácticos esto supone ahorrarse entre un 19% y un 30% de impuestos sobre los beneficios.
La plusvalía del muerto se aplica tanto a la herencia como a los pactos sucesorios, pero no a las donaciones. Si donas un fondo, tú tendrás que tributar por la ganancia patrimonial en el IRPF y la otra persona por la donación en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Ojo con los pactos sucesorios con eficacia en vida: desde 2021, si el beneficiario vende los bienes antes de que pasen cinco años o antes de que fallezca quien se los dio, no podrá aprovechar esta ventaja y tributará como si los hubiera comprado al precio original.
Cómo funciona la plusvalía del muerto
Para entender esta ventaja fiscal primero hay que tener muy clara la fiscalidad de los fondos de inversión y cómo incluir los fondos en la declaración de la renta.
Los fondos de inversión cuentan con una ventaja fiscal muy clara: sólo tributan en el momento de recuperar el dinero, cuando se produce el reembolso. En caso de traspaso a otro fondo, existe una exención por la que se libran de tributar en la renta. El ahorro fiscal va desde el 19% hasta el 30% y puede marcar las diferencias a largo plazo.
A la hora de pagar impuestos en la renta por los fondos de inversión hay que tributar por la diferencia entre el precio de compra y de venta. En este sentido, se toma como precio de referencia el de la primera participación que firmas, no el del último traspaso (recuerda que el traspaso entre fondos está exento de pagar impuestos).
Ese beneficio se suma a las demás ganancias y pérdidas patrimoniales y al resto de rentas del ahorro para tributar a los siguientes tipos:
- Hasta 6.000 euros: 19%
- Entre 6.000 y 50.000 euros: 21%
- Entre 50.000 y 200.000 euros: 23%
- Entre 200.000 y 300.000 euros: 27%
- Más de 300.000 euros: 30%
¿Qué ocurre cuando se aplica la plusvalía del muerto? Básicamente que la plusvalía del muerto elimina esta parte del tributo para el heredero.
Y es que, al heredar un fondo el precio de compra será el que marque su cotización a día del fallecimiento y no al que se firmó la primera participación. El recorrido desde que lo compró la persona fallecida hasta que se transmite vía herencia o pacto sucesorio se barre, desaparece y no hay que tributar por él.
El motivo de esta ventaja fiscal al heredar un fondo es que como heredero ya estás pagando por ese capital en el Impuesto sobre Sucesiones y hacerte pagar también en el IRPF sería caer en una doble imposición.
La ventaja es que la escala del impuesto sobre las herencias es mucho menor que la del ahorro en la renta y, además, normalmente podrás aplicar bonificaciones y reducciones.
Un ejemplo del ahorro en la herencia de la plusvalía del muerto
Para ver más claras las ventajas de la plusvalía del muerto al heredar fondos nada como un ejemplo concreto.
Así es como funciona la plusvalía del muerto si el fondo ha ganado dinero
Imaginemos que Juan invierte 50.000 euros en fondos que mantiene hasta el momento de su fallecimiento. A su muerte las participaciones en fondos alcanzan los 150.000 euros, lo que supone multiplicar por tres la aportación inicial. Siguiendo las reglas del IRPF ese beneficio implicaría el pago de 21.880 euros de impuestos. De hecho, si optase por donar esos fondos eso es lo que tendría que abonar en su declaración de la renta, a lo que se sumaría el impuesto por la donación que pagaría quien recibiese el dinero o las participaciones del fondo.
Al transmitirse por fallecimiento, sus herederos no tendrán que pagar por la ganancia en la renta, aunque sí tributar por ese dinero en el Impuesto de Sucesiones. Y es que para ellos el precio de adquisición es el que marque la herencia.
Cómo se aplica la plusvalía del muerto en caso de que el fondo haya dado pérdidas
¿Y si en lugar de ganancias el fondo está en pérdidas? Ahí es donde esta figura fiscal deja de tener efecto. Como no hay beneficios, no hay ningún ahorro fiscal. Es más, tampoco se podrá imputar la minusvalía como una pérdida patrimonial ni usarla para compensar ganancias.
La razón, de nuevo, es que ese dinero ya ha tributado en el Impuesto de Sucesiones, donde el patrimonio del fondo se sumará al del resto de bienes.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la plusvalía del muerto?
La regla por la que, al fallecer una persona, no se tributa en el IRPF por las ganancias acumuladas de sus bienes. Los herederos parten del valor a la fecha del fallecimiento.
¿Se aplica a los inmuebles?
Sí, en el IRPF. Pero no evita la plusvalía municipal (el impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos), que los herederos sí tienen que pagar.
¿Y si heredo un fondo en pérdidas?
La pérdida también desaparece: no podrás usarla para compensar ganancias en tu renta.
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