Domicilio fiscal y residencia habitual: ¿deben coincidir en la declaración de la Renta?
El lugar en el que presentes la declaración de la renta hará que pagues más o menos impuestos en el IRPF. Y es que, la renta se divide en un tramo estatal, común a todos los contribuyentes, y otro autonómico, que depende de cada región.
Cada comunidad autónoma puede aplicar sus propios tramos de IRPF y establecer las deducciones que considere oportunas para adaptar el impuesto a las características de su región. Por eso mismo, presentar la renta en Madrid o hacerlo en la Comunidad Valenciana puede arrojar resultados completamente distintos con el mismo salario y las mismas circunstancias personales.
¿Dónde hay que presentar la declaración de la Renta?
Esta es una de las dudas sobre la renta más repetidas. Lo primero que debes tener claro es que Hacienda tiene su propio criterio para determinar cuál es tu domicilio fiscal y también cuál se considera tu vivienda o residencia habitual. En otras palabras, en qué comunidad debes hacer la renta e incluso en qué país.
Para la Agencia Tributaria (AEAT), tu domicilio fiscal se define como:
- La comunidad autónoma en la que se haya residido un mayor número de días al año (si has vivido más de 182 días en una región, ahí deberás declarar).
- El principal centro de intereses en una comunidad autónoma cuando tienes varias residencias en una misma región.
- La última residencia declarada en el impuesto sobre la renta. Por eso mismo, salvo que informes a Hacienda de cualquier cambio, tus datos fiscales de la renta reflejarán el domicilio fiscal del año anterior y, además, te expondrás a una multa.
El criterio principal para determinar cuál es tu domicilio fiscal y, por lo tanto, donde debes hacer la renta es el primero. En otras palabras, tu domicilio fiscal está en la comunidad donde hayas residido más tiempo durante el año. ¿Y los otros dos criterios? Son los que se usan para dirimir los casos donde hay duda, que normalmente son tres.
Cuando te has mudado de comunidad autónoma
Si cambias de residencia de una comunidad a otra a mitad de año se aplicará normalmente el primer criterio. Es decir, tendrás que sumar los días que has pasado en cada lugar y tributarás en donde que hayas estado más tiempo
Si el cambio es por motivos laborales y estabas en paro, recuerda que puedes beneficiarte de la deducción por cambio de residencia.
Cuando vives en una comunidad diferente a la de tu familia
No son habituales, pero hay casos de personas que residen en una comunidad por trabajo durante la semana y el fin de semana retornan a casa. ¿Dónde hay que presentar la renta en este caso? La respuesta depende de la modalidad que elijas para presentar la renta.
Si presentáis la declaración individual, cada uno lo hará en la comunidad en la que resida acogiéndose a la normativa autonómica y a sus deducciones.
Por el contrario, si hacéis la declaración conjunta, tributaréis en la comunidad de la persona que tenga una mayor base liquidable. Esto se hace así para que sea la comunidad que saldría más perjudicada quien retenga al contribuyente.
En este artículo puedes ver cuándo compensa presentar la declaración individual o conjunta.
Cuando vives en una comunidad pero trabajas en otra
Domicilio fiscal frente a lugar de trabajo es el caso que más dudas siembra, especialmente en localidades limítrofes. ¿Qué pasa cuando vives en un lugar, pero trabajas en otro diferente y te desplazas a diario?
Un ejemplo de esta situación sería el de un residente en Cantabria que trabaja en Bilbao y se pregunta si puede tributar en el País Vasco, donde la normativa fiscal es diferente.
¿En qué comunidad hay que hacer la declaración de la renta en ese caso? ¿Pesa más el lugar de residencia o el lugar de donde se obtienen las rentas? Como ya has visto, el criterio general apuesta por el lugar de residencia. Tu residencia habitual, donde pasas más tiempo al año, es lo que determina en qué comunidad tienes que declarar el IRPF.
Volviendo al caso anterior, por mucho que trabajes en el País Vasco, tendrás que hacer la renta en Cantabria.
Cuando vives en un país y trabajas en otro
La cuestión cambia cuando se trata de cambios transfronterizos.
¿En qué país hay que hacer la renta si en un lugar y te desplazas a diario para trabajar en otro? Por ejemplo, una persona que vive en Portugal, pero trabaja en España podría tener que declarar en España atendiendo al criterio de que sus intereses económicos están en España.
Lo mismo ocurriría con un trabajador que vive en Francia y cruza la frontera a diario para trabajar en España.
Domicilio fiscal, padrón y vivienda habitual, parecidos pero diferentes
Por último, es muy habitual confundir domicilio fiscal con padrón y con vivienda habitual a efectos fiscales. La duda más común en este punto es si estás obligado a declarar en el lugar donde estás empadronado. Nada más lejos de la realidad.
Domicilio fiscal y padrón son dos conceptos diferentes, aunque lo lógico es que coincidan, porque ambos se refieren al lugar donde más tiempo pasas al año.
Lo que ocurre es que, salvo casos muy concretos, cuando cambias de domicilio fiscal tienes que notificarlo a Hacienda para que lo apunte, pero puedes cambiar de lugar de residencia sin modificar el padrón, por lo menos durante un tiempo. Recuerda que no notificar a Hacienda el cambio de domicilio fiscal conlleva una multa, además de posibles problemas para aplicar deducciones relacionados con tu vivienda.
Por otra parte, la vivienda habitual para Hacienda a efectos de la deducción por adquisición de vivienda habitual y también por la exención por reinversión en vivienda es aquella que se ha habituado por lo menos durante tres años consecutivos.
La importancia de que el padrón y el domicilio fiscal coincidan está precisamente en estas deducciones y ventajas que todavía tiene la vivienda en el IRPF. Y es que, Hacienda puede usar el padrón para aducir que la casa por la que desgravas no es la habitual cuando no estás empadronado en ella o recurrir al gasto en suministro cuando estás desgravando por una casa pero cree que no vives en ella.
Llevo años sin hacer la declaración de la renta ¿Qué puede suceder?
Si estás obligado a declarar y no lo has hecho durante varios años, la Agencia Tributaria puede exigirte el pago de las cantidades no ingresadas, con los correspondientes recargos, intereses de demora e incluso sanciones. La falta de declaración no significa que Hacienda no lo detecte, ya que dispone de información cruzada sobre ingresos, rendimientos bancarios, inmuebles o inversiones. Cuanto más tiempo pase sin regularizar la situación, mayor será el riesgo de que te enfrentes a un procedimiento de inspección o comprobación.
Además, si en alguno de esos años tuviste derecho a devoluciones, haber dejado pasar los plazos también implica que podrías perder ese dinero. Si decides ponerte al día voluntariamente, lo ideal es presentar declaraciones complementarias o extemporáneas antes de que Hacienda te lo requiera, lo que puede reducir o incluso evitar sanciones.
¿Qué año fiscal prescribe en 2025?
En 2025 prescribe el derecho de Hacienda a revisar y exigir el IRPF correspondiente al ejercicio fiscal de 2020, siempre y cuando no haya habido ninguna actuación que interrumpa el plazo de prescripción. Esto significa que, en general, la Agencia Tributaria no podrá reclamarte nada relacionado con ese año a partir del 1 de julio de 2025, aunque en ciertos casos —como la presentación fuera de plazo o una inspección abierta— ese plazo puede alargarse.
También es importante tener en cuenta que el plazo de prescripción para solicitar devoluciones por parte del contribuyente es el mismo: cuatro años. Así que si en 2020 te retuvieron más de lo debido o no pediste una deducción a la que tenías derecho, aún estás a tiempo de reclamarlo durante el primer semestre de 2025. Pasado ese momento, perderás ese derecho, incluso si Hacienda se benefició de tu error.
Este contenido se ha elaborado bajo un criterio editorial y no constituye una recomendación ni propuesta de inversión. La inversión contiene riesgos. Las rentabilidades pasadas no son garantía de rentabilidades futuras.
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