Estas son las deducciones de Andalucía en la declaración de la Renta

Estas son las deducciones de Andalucía en la declaración de la Renta

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Fotografía de Guerrero De la Luz - Pexels

Andalucía cuenta con un conjunto de deducciones en el impuesto de la renta sobre las personas físicas (IRPF) que pueden aplicarse en la declaración de la Renta, con diferencias respecto a otras comunidades autónomas. Estas medidas incluyen beneficios fiscales para el alquiler de vivienda, el nacimiento o la adopción de hijos y las adquisiciones de acciones, entre otras. 

A continuación, vamos a explicar algunas de las deducciones más relevantes y los requisitos para acceder a ella.

Escala autonómica en Andalucía

El impuesto de la renta sobre las personas físicas (IRPF) es un impuesto de carácter progresivo, es decir, los tipos impositivos aumentan a medida que los ingresos son más altos. Con este sistema se busca que la carga fiscal sea equitativa y progresiva, en función de la capacidad económica de cada persona.

La base liquidable del impuesto se divide en diferentes tramos y cada uno tiene un porcentaje de tributación específico. Estos porcentajes no se aplican sobre el total de los ingresos, sino por cada tramo. Aquí puedes consultar cómo funcionan los tramos del IRPF en la declaración de la Renta.

Esta es la escala del IRPF en Andalucía:
 

Base Liquidable (euros) 

Cuota Íntegra (euros)

Resto Base Liquidable (euros)

Tipo aplicable

0,00

0,00

13.000

9,50%

13.000

1.235

8.100

12,00%

21.100

2.207

14.100

15,00%

35.200

4.322

24.800

18,50%

60.000

8.910

En adelante

22,50%

Por ejemplo, si la base liquidable de un contribuyente es de 50.000 euros, el cálculo de impuestos se realiza en diferentes etapas. A los primeros 13.000 euros se les aplica un 9,50%, generando un importe de 1.235 euros. La parte comprendida entre 13.000 y 21.100 euros (8.100 euros) tributa al 12%, sumando 972 euros. A los siguientes 14.100 euros (de 21.100 a 35.200 euros) se les aplica un 15%, resultando en 2.115 euros. La franja de 35.200 a 50.000 euros (14.800 euros) tributa al 18,50%, lo que supone 2.738 euros. Finalmente, como en este ejemplo ficticio no tenemos más de 60.000 euro pues no habría ninguna tributación añadida.

El total de impuestos a pagar en la escala autonómica sería la suma de todos los tramos: 1.235 + 972 + 2.115 + 2.738 = 7.060 euros. Este cálculo se ha hecho simplificando el impuesto. Es decir, olvidando reducciones, mínimos personales y deducciones y tratando el salario bruto como la base sobre la que aplicar la renta. Tampoco se ha tenido en cuenta la base estatal a la hora de realizar este cálculo.

A continuación, te dejamos las diferentes deducciones implementadas en Andalucía, entre las que encontramos 3 novedades respecto al año pasado:

Deducción por gastos de gimnasio y deporte

Como novedad este año, puedes deducir el 15% de las cuotas pagadas a gimnasios, centros deportivos o clubes federados. El límite es de 100 euros anuales por persona. No olvides guardar los justificantes de pago bancario.

Para que sea válida, el pago debe haberse realizado por medios electrónicos (tarjeta, transferencia o Bizum) y la base imponible no puede superar los 25.000 € en individual o 30.000 € en conjunta.

Deducción por enfermedad celíaca

Las familias con personas celíacas tienen derecho a una deducción de 100 euros para compensar el sobrecoste de la dieta sin gluten. Se aplica por cada miembro de la unidad familiar que padezca la enfermedad.

Deducción por gastos veterinarios

Si has incorporado una mascota a tu hogar desde el 1 de enero de 2025, puedes deducir el 30% de los gastos veterinarios (vacunas, microchip, consultas), con un tope de 100 euros. En caso de adopción, podrás aplicarla durante tres años.

Es imprescindible que el animal tenga microchip y esté inscrito en el RAIA. En este caso, el límite de renta sube hasta los 80.000 € en individual y 100.000 € en conjunta.

Deducción por la compra de vivienda

El contribuyente podrá realizar una deducción del 5% cuando haya realizado una inversión en la adquisición de una propiedad, que vaya a ser la vivienda habitual, y sea menor de 35 años.

Deducción por el alquiler de vivienda

Si vives de alquiler, el beneficio ha mejorado sustancialmente. Podrás deducir el 15% de lo pagado con un límite de 1.200 euros anuales (antes 600 euros).

Beneficiarios: Menores de 35 años, mayores de 65 años, víctimas de violencia de género o del terrorismo.

Discapacidad: El límite sube a 1.500 euros.

Requisito: Es obligatorio que el casero haya depositado la fianza en el AVRA.

Deducción por empleado del hogar

Los contribuyentes podrán deducirse un 20% del importe satisfecho a la Seguridad Social correspondiente a la cotización anual de un empleado de hogar para el titular o titulares que trabajen, de una familia monoparental o biparental, con hijos. Esta deducción tiene un límite máximo de 500 euros anuales.

Deducción por nacimiento o adopción

Se mantienen los 200 euros por hijo (400 euros en municipios de menos de 3.000 habitantes). Como gran novedad, para la Renta 2025 se han eliminado los límites de ingresos, por lo que cualquier andaluz puede solicitarla.

Deducción por la adopción internacional

En caso de que el contribuyente haya realizado una adopción en el ámbito internacional, podrá aplicar una deducción de 600 euros por cada hijo adoptado en el año en el que se haya inscrito la adopción en el Registro Civil.

Deducción por familia monoparental

Si el contribuyente es madre o padre de una familia monoparental, tendrá derecho de aplicar la cuota íntegra autonómica de 100 euros. Además, la deducción se incrementará en 100 euros por ascendientes mayores de 75 años que conviva con el contribuyente.

Deducción por familia numerosa

El contribuyente podrá deducirse 200 euros en caso de ser padre o madre de una familia numerosa general. Esta cifra asciende a los 400 euros, en el caso de que sea familia numerosa de categoría especial.

Deducción por gastos educativos

El particular que haya realizado gastos de enseñanza escolar y extraescolar podrá beneficarse una deducción del 15% siendo el límite 150 euros por descendiente.

Deducción para personas con discapacidad

Aquellos contribuyentes que tengan la consideración legal de persona con discapacidad en grado igual o superior al 33% tendrán derecho a una deducción de 150 euros.

En caso de las parejas de hecho o cónyuges, con un grado de minusvalía igual o superior al 65% también podrán deducirse 100 euros.

Deducción por asistencia a personas con discapacidad

Los ciudadanos que tengan derecho a la aplicación del mínimo por discapacidad de descendientes o ascendientes podrán deducir 100 euros por persona con discapacidad.

Además, podrá deducirse un 20% del importe satisfecho a la Seguridad Social en concepto de cuota fija que sea por cuenta del empleador. Esta deducción tendrá como límite 500 euros anuales por contribuyente.

Deducción por comprar acciones

Los contribuyentes que hayan realizado inversiones en la adquisición de acciones y participaciones sociales en sociedades que tengan su domicilio fiscal y social en Andalucía tendrán derecho a una deducción del 20% con un límite de 4.000 euros sobre lo invertido.

La deducción será del 50% con un límite de 12.000 euros, en el caso de sociedades creadas o participadas por universidades o centros de investigación.

Deducción por gastos de defensa jurídica de la relación laboral

Si el contribuyente ha satisfecho gastos de defensa jurídica en procedimientos judiciales de despido, extinción del contrato o reclamación de cantidades, podrá beneficiarse de una deducción de 200 euros.

Deducción por donativos con fines ecológicos

Aquel contribuyente que haya realizado donativos a entidades sin fines lucrativos cuya finalidad sea la defensa del medio ambiente podrá deducirse un 10% con un límite de 150 euros.

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Este contenido se ha elaborado bajo un criterio editorial y no constituye una recomendación ni propuesta de inversión. La inversión contiene riesgos. Las rentabilidades pasadas no son garantía de rentabilidades futuras.


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